Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 13 de Noviembre de 2017, expediente CIV 073010/2012/CA002

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 73010/2012 G.G.A. c/ TRANSPORTE LARRAZABAL SA Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.

TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2017.- DL Fs. 409 AUTOS Y VISTOS:

  1. A fin de conocer en los recursos de apelación contra la regulación de honorarios de fs. 384, se tendrá en cuenta el objeto de las presentes actuaciones y el interés económicamente comprometido, resultante del capital de condena y los intereses reconocidos en la sentencia (conforme lo resuelto por este Tribunal en autos “Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA c/Medina J.J. y otros s/cobro de sumas de dinero”, del 27/09/2011), acorde a la liquidación de fs. 376, aprobada a fs. 384, así como la entidad de las cuestiones sometidas a sus dictámenes, mérito, calidad y extensión de las tareas, incidencia en la decisión final del litigio y pautas del art.

    478 del CPCCN.

    En base a las circunstancias expuestas, por resultar equitativos se confirman los honorarios regulados a los peritos:

    médico Dr. D.J.M. y psicóloga L.. G.S.Á.. Por no ser elevados se confirman los honorarios regulados a la perito consultora técnica por la demandada y citada en garantía L..

    M.M.D..

  2. En relación a los honorarios del mediador, este Tribunal entiende, que debe aplicarse la normativa vigente al momento de la regulación (cfr. autos “B., M.G.C. c.A. S.A. s/ds. y ps.”, del 25/10/2013, Exp.

    6618/2007, en igual sentido, “O., S.V. c/S., M.D. y otro s/daños y perjuicios”...

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