Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Agosto de 2003, expediente AC 88795

PresidenteSalas-de Lázzari-Roncoroni-Hitters-Genoud
Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 88.795 "G., F.G.c.., F.A.A.. Cuestión de competencia art. 6, C.C.A.".

//P., de agosto de 2003.

AUTOS Y VISTO:

La señora F. G. G. solicita ante el Tribunal de Familia n°2 de La P. -en el que tramita la causa "G.F.G. y C., F. A. s/Divorcio art. 214 inc. 2° CC"-, su petición de reglamentación del usufructo sobre dos inmuebles constituido en vigencia del matrimonio a favor de ambos cónyuges (ver fs. 2).

Por razones de conexidad y en base a lo normado por los arts. 827 incs. a y c, y 6 inc. 2 del Código Procesal Civil y Comercial, la cuestión litigiosa que se plantea en autos debe tramitar ante el Tribunal de Familia en tanto se debe discernir sobre derechos relacionados con la sociedad conyugal (conf. doct. Ac. 79.117, 6-IX-2000).

Por ello, se declara...

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