Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 30 de Mayo de 2011, expediente 9.950/2011

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2011

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente Nº 9.950/2011

SENTENCIA Nº 33413 JUZGADO Nº 59

AUTOS: “Recurso de Hecho. G.E. DOLORES c/ ASUPER S.A.

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 del mes de mayo de 2011.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Por las razones expuestas por la Señora Fiscal General Adjunta en el dictamen Nº 52.604, de fs. 39/vta., que se dan por reproducidas, corresponde declarar mal denegado el recurso y disponer la apertura de la instancia.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Hacer lugar a la queja y conceder el recurso de apelación interpuesto con fecha 04.08.09; 2) Solicitar al Juzgado actuante la elevación de la causa principal mediante oficio de estilo; 3)

Oportunamente, tómese razón en el sistema informático de la Sala del ingreso del expediente principal y hágase saber por oficio a la Secretaría General de esta Cámara; 4) Cumplido, dar traslado por el plazo de tres días de los agravios allí

expresados a la parte actora, con adjunción de copia..-

Regístrese, notifíquese y cúmplase.-

A.F.

La DOCTORA ESTELA M. FERREIROS no vota por encontrarse en uso de licencia.-

L.A.C.G.A.V.

JUEZ DE CAMARA JUEZ DE CAMARA

Ante mí:

ALICIA E. MESERI

SECRETARIA

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