Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 16 de Mayo de 2017, expediente CNT 027751/2009/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 110480 EXPEDIENTE NRO.: 27751/2009 AUTOS: G.A.G. Y OTRO c/ JUMBO RETAIL ARGENTINA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 16 de mayo de 2017, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

M.Á.P. dijo:

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió los planteos deducidos en el recurso extraordinario presentado por Prevención ART S.A. a fs. 443/451, dejó sin efecto la sentencia dictada a fs. 433/455 por la Sala VI de esta Cámara sólo en cuanto se la condenó con fundamento en el derecho común (fs. 477/478vta) y dispuso que se dictara un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo allí resuelto.

Cabe señalar laminarmente que la revisión por parte de este Tribunal se limita, exclusivamente, al aspecto sometido a consideración del Más Alto Tribunal por vía del recurso extraordinario deducido por Prevención ART S.A., esto es, la responsabilidad que corresponde atribuirle a la citada aseguradora respecto de la incapacidad que presenta la accionante con motivo de las tareas cumplidas en favor de la restante codemandada –Jumbo Retail Argentina S.A.-; y, por ello, no alcanza a los restantes aspectos que ya fueron resueltos por la Sala VI en el pronunciamiento de fs.

433/455.

De acurdo a lo expuesto, cabe recordar que la parte actora accionó, con fundamento en las disposiciones de los arts. 1.109, 1.113 y 1.074 del Código Civil de V.S., contra su empleadora - Jumbo Retail Argentina S.A.- y contra Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a fin de obtener un resarcimiento integral de las secuelas incapacitantes que dijo haber sufrido como consecuencia de las tareas desarrolladas en favor de aquélla, las cuales se manifestaron, según explicó, el hacía fines del 2006 (ver fs. 6/21).

Al contestar la acción, la aseguradora demandada opuso excepción de falta de legitimación pasiva y señaló que comparecía en autos en el carácter de "gerenciadora” del Fondo de Reserva previsto en el art.34 de la ley 24.557 para cubrir exclusivamente las prestaciones de dicha ley que las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) dejan de abonar cuando son liquidadas, Fecha de firma: 16/05/2017 Alta en sistema: 23/06/2017 circunstancia que, explicó, había acontecido con la compañía Responsabilidad Patronal Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #20305363#178190761#20170516133551179 Poder...

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