Sentencia nº AyS 1994 III, 641 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 13 de Septiembre de 1994, expediente L 53391

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas - Vivanco - Negri - Pisano - Laborde
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 1994
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 13 de setiembre de 1994, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, V., N., P., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 53.391, "G., C.A. contra P.H.. Indemnización por despido, etc.".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 1 de San Nicolás de los Arroyos hizo lugar parcialmente a la demanda deducida, con costas a la parte demandada.

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. En lo que interesa señalar a los fines del recurso deducido, el tribunal a quo rechazó la demanda de C.A.G. contra H. y H.N.P., en cuanto pretendía el cobro de indemnizaciones derivadas del despido.

  2. La parte actora interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que, con cita de los arts. 95 y 97 de la ley de Contrato de Trabajo, 45 inc. "f" del dec. ley 7718/ 71 (t.o. 4444/93), pretende la aplicación analógica de la ley 20.744 (t.o.) a cuestiones que estima no resueltas por la ley 22.248.

  3. El recurso, en mi opinión, no debe prosperar.

    Efectivamente, del mero planteo formulado se desprende la improcedencia de la pretensión del apelante.

    Resuelto en el fallo dictado el carácter del actor de trabajador agrario no permanente y analizada la ausencia de protección legal a su estabilidad, así como la expresa exclusión de la aplicación supletoria de la ley de Contrato de Trabajo al régimen de la ley 22.248, resulta inatendible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que expone a tal efecto sólo la aspiración personal del apelante al propugnar la aplicación extensiva de la ley de Contrato de Trabajo a quienes se encuentran comprendidos dentro...

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