Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 3 de Octubre de 2023, expediente CAF 003204/2023

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

3204/2023 GOLCMAN, F.L.D. c/ ENACOM - EX

64017747/18 s/AMPARO POR MORA

Buenos Aires, octubre 2023

VISTO:

El recurso de apelación deducido por el ENACOM contra la sentencia, del 1/9/23, que hizo lugar a la demanda; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el juez de grado condenó al ENACOM a impulsar el trámite del EX-2018-64017747-APN-DNSA#ENACOM, sea mediante el dictado de un acto preparatorio y/o realizando las diligencias que correspondan según el actual estado del procedimiento, a los efectos de arribar a una resolución definitiva a la mayor brevedad. Asimismo, impuso las costas a la demandada en su condición de vencida, por no hallar motivo para apartarse del principio objetivo de la derrota.

    Para así decidir, entendió que se había configurado la mora en el trámite,

    referido al concurso público de oposición para la adjudicación de licencias para el funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, a tenor del tiempo transcurrido desde el último acto preparatorio, del 15/10/19 (IF-2019-92958942-APN-DGAJR#ENACOM),

    emitido por el servicio jurídico permanente, quien no advirtió óbice para que la autoridad competente suscriba el proyecto de resolución adjudicando la licencia referida al actor, pero destacó que el área sustantiva debería, previamente,

    modificar el alcance del artículo 2° del proyecto y efectuar algunas incorporaciones y acumulaciones documentales. Sobre dicha base, entendió que no se configuró una mora en la decisión, ya que no sería posible dictar válidamente el acto definitivo sin antes cumplir tales recaudos procedimentales.

  2. ) Que la recurrente cuestionó la configuración de la mora objetiva en virtud de la complejidad del trámite y de las tareas pendientes para el dictado del acto definitivo. Asimismo, invocó la suspensión del procedimiento durante 2020 a raíz del estado de emergencia sanitaria por la pandemia y denunció que la condena configura una intromisión a la zona de reserva administrativa.

    Finalmente, impugnó la imposición de costas y justificó el apartamiento del principio general de la derrota.

  3. ) Que la recurrente no ha logrado desvirtuar la conclusión en torno al largo período de inactividad procesal que se verificó con posterioridad al último acto de trámite, IF-2019-92958942-APN-DGAJR#ENACOM del 15/10/19, ya que —aun descontando los días en que el procedimiento se suspendió por la pandemia en 2020—...

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