Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 8 de Junio de 2017, expediente CNT 057658/2011/CA001

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 57658/2011/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 35405 AUTOS: “GODOY BERNARDO C/ SWISS MEDICAL ART S.A. (ANTES LIBERTY ART S.A.) S/ ACCIDENTE- LEY ESPECIAL” (JUZGADO Nº 6)

Buenos Aires, 8 de junio de 2.017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) La sentencia definitiva dictada a fs. 543/vta., es apelada por la demandada a tenor del memorial de agravios agregado a fs. 548/49 sin réplica de la contraria; así como también cuestionan los peritos médico, ingeniero y contadora a fs.

547, 550/51, 557, respectivamente, cuestionan por reducidos los honorarios regulados a favor de cada uno de ellos.

II) El art. 68, C.P.C.C.N., al incorporar el principio del vencimiento como fundamento de la condena en costas, persigue que el litigante que ha triunfado en el juicio sea debidamente resarcido en todos los gastos que le haya ocasionado el pleito, de modo que, con independencia de la buena o mala fe del vencido, el reconocimiento de su derecho sea pleno y no resulte menguado por tener que afrontar el costo patrimonial que importa la tramitación del proceso.

Sin perjuicio de lo expuesto, la norma precitada en su último párrafo dispone que el juez podrá eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido, siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad.

Si bien el art. 68 C.P.C.C.N. autoriza la exención de costas cuando media razón fundada para litigar, ello no implica la mera creencia subjetiva del litigante en orden a la razonabilidad de su pretensión, sino la existencia de circunstancias objetivas que demuestren concurrencia de un justificativo para eximirlo.

Cabe recordar que el actor demandó a Liberty ART S.A. al pago de la suma de $61.117.- (fs. 4) en concepto de indemnización por “daños y perjuicios derivados exclusivamente del incumplimiento de obligaciones a su cargo por parte de la demandada ART, en su carácter de asegurador”, (fs. 4) por las enfermedades que dice haber adquirido (várices bilaterales, afección en columna lumbar, dolor en ambas rodillas -fs. 5/vta.-) como consecuencia de su labor diaria (guinchero -“levanta pechos que vienen colgados de la Noria y pesan aproximadamente 45-50Kg…

y bolsas de carne chicas -30 a 35Kg.- y las coloca sobre una cinta transportadora-“ (fs.

4vta.)

Fecha de firma: 08/06/2017 Alta en sistema: 19/06/2017 1 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR