El Gobierno reglamentó la reforma bursátil, pero creó más dudas

Tal como lo había http://www.lanacion.com.ar/1606059-la-presidenta-cristina-kirchner-encabezara-esta-tarde-un-acto-en-la-bolsa-de-comercioun día antes, la presidenta publicó ayer en el Boletín Oficial la http://www.lanacion.com.ar/1606379-rige-la-reforma-del-mercado-bursatil-y-la-cnv-podra-intervenir-empresas. El texto, no obstante, generó desconcierto por lo poco abarcador y también se recibió con algo de preocupación. Y es que de los 155 artículos que contiene la ley 26.831, aprobada a fin de 2012, se reglamentó apenas una treintena, entre ellos el polémico artículo 20, que habilita a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a intervenir en las empresas."No entiendo el decreto. La ley del mercado le otorgaba en su artículo 155 la facultad reglamentaria a la CNV. El Ejecutivo tiene facultades para hacerlo, pero no veo en el texto nada que justifique haberlo hecho por decreto y no a través de la CNV", confió a LA NACION un hombre del mercado que pidió no ser identificado. "El decreto deja en evidencia el interés que el Gobierno tiene desde un principio en la reforma del mercado", deslizó la fuente.De acuerdo con la reglamentación del artículo 20 publicada ayer, quienes tengan al menos 2% del capital social o de los valores negociables en circulación de una compañía podrán efectuar una denuncia ante la CNV en caso de que consideren que están siendo vulnerados sus derechos. La CNV luego podrá designar un veedor en la empresa, que podrá ser un funcionario de la propia estructura o "un tercero".Las disposiciones del veedor serán recurribles en única instancia ante el presidente de la CNV. Según dice Bernardo Saravia Frías, socio de Saravia Frías, Mazzinghi Abogados, esto es "casi un sofisma para decir que sus decisiones son inapelables, violando derechos y garantías constitucionales elementales, como la defensa en un juicio".Del mismo modo, la CNV también podrá separar a los órganos de administración de una empresa por un plazo máximo de 180 días, "con el fin de regularizar las deficiencias encontradas" y designar un administrador o coadministrador. Al igual que con los veedores, la empresa sólo podrá recurrir esta decisión ante el Ministerio de Economía.Otros de los artículos que contempla la reglamentación publicada ayer es el artículo 1°, en donde bajo el paraguas de "protección al inversor" se incorpora la posibilidad de que la CNV fije los aranceles máximos que podrán percibir "todos los agentes registrados"."La verdad es que...

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