El Gobierno promulgó la ley de alquileres: cómo serán los nuevos contratos y qué impuestos dejan de pagar los propietarios

En el sector inmobiliario, las incertidumbres respecto a los contratos vigentes están generando preocupación en propietarios e inquilinos a la espera de que se pongan en vigencia los cambios

La nueva ley de alquileres entrará en vigencia a partir de mañana. Es decir los contratos que se firmen a partir de mañana miércoles 18 se regirán por la nueva norma. Hoy martes se publicaron en el Boletín Oficial los cambios aprobados por el Congreso. La comunicación -que lleva la firma de la titular de la Cámara alta, Cristina Kirchner , y de su par de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau- establece las variantes introducidas a la ley 27.551 , votadas la semana pasada en la Cámara Baja.

La nueva norma plantea dos cambios claves en relación a los contratos firmados hasta hoy: ahora los alquileres tendrán un ajuste cada seis meses -antes era una vez al año- y el porcentaje de ese incremento será sobre la base del coeficiente Casa Propia . La duración seguirá siendo de tres años pero ya no corre más el ICL del Banco Central ni le ajuste anual: el nuevo índice a aplicar se basa en el indicador más bajo entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación durante el mismo período.

Otros cambios que introdujo la nueva norma:

La eliminación de la posibilidad para los propietarios de solicitar el pago de meses por adelantado al inquilino.

La exigencia de que las publicidades de alquileres se realicen en moneda nacional (pesos).

La nueva ley de alquileres fue aprobada en la sesión de Dipuatdos de la semana pasada

También hay cambios relacionados con aspectos impositivos: se crearon cinco beneficios con vigencia para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes. "Para el monotributo no hay un ejercicio fiscal anual ni período fiscal anual y se podría interpretar que la modificación es retroactiva al 1 de enero de 2023 ″, aclaró el tributarista Sebastián Domínguez y detalla los cambios concretos, punto por punto. "Tendremos que esperar a conocer la reglamentación para ver cómo pretende el Poder Ejecutivo interpretar la vigencia", explicó.

1) Monotributo I

Uno de los requisitos para poder adherirse al monotributo es no superar tres actividades simultáneas o no poseer más de tres unidades de explotación. Cada inmueble se considera una unidad de explotación diferente aun cuando la actividad de locación de inmuebles sea una sola. "A partir de la modificación, siempre que los contratos de locación de los inmuebles estén debidamente...

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