Gmf Latinoamericana S.A.

Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2010

Martes 9 de noviembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.024 17 dicte el Banco Central de la República Argentina, a cuyo fin podrá realizar todas las operaciones y actividades comprendidas en el artÃculo 24 de la Ley de Entidades Financieras y otras expresamente autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, con excepción de que la captación de depósitos e inversiones a plazo deberá provenir sólo de inversores calificados definidos en las normas sobre Depósitos e Inversiones a Plazo y asimismo, que en la emisión de obligaciones negociables el valor nominal de los tÃtulos no podrá ser inferior a la suma de pesos un millón ($1.000.000). Atento a lo expuesto la Sociedad tiene plena capacidad jurÃdica para realizar los actos, contratos y operaciones compatibles con dicho objeto social, sometiéndose para ello a la legislación vigente y a las disposiciones que dicte el Banco Central de la República Argentina. A los fines descriptos, la Sociedad podrá: a) Recibir depósitos a plazo sólo de inversores calificados definidos en las normas sobre Depósitos e Inversiones a Plazo. b) Emitir y colocar letras y pagarés. e) Conceder créditos para la compra y venta de bienes pagaderos en cuotas o a término y otros préstamos personales amortizables. d) Otorgar avales, fianzas, u otras garantÃas. e) Otorgar anticipos sobre créditos provenientes de ventas, adquirirlos, asumir sus riesgos, gestionar su cobro y prestar asistencia técnica y administrativa. f) Realizar inversiones en valores mobiliarios vinculadas con operaciones en que interviene, prefinanciar sus emisiones y colocarlas. g) Intermediar en la oferta pública de tÃtulos valores. h) Efectuar inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables. i) Gestionar por cuenta ajena la compra y venta de valores mobiliarios y actuar como agentes pagadores, de dividendos, amortizaciones e intereses. j) Actuar como fideicomisarios y depositarios de fondos comunes de inversión, administrar carteras de valores mobiliarios y cumplir otros encargos fiduciarios k) Obtener créditos en el exterior y actuar como intermediarios de créditos obtenidos en moneda nacional y extranjera, previa autorización del Banco Central de la República Argentina. l) Dar en locación bienes de capital adquiridos con tal objeto. m) Cumplir mandatos y comisiones conexos con sus operaciones. n) Acordar préstamos a otras entidades.

o) Comprar y descontar documentos a otras entidades. p) Efectuar inversiones en acciones y obligaciones con las limitaciones que al efecto determine la autoridad de contralor. q) Adquirir inmuebles, acciones y obligaciones en defensa o en pago de créditos. r) Invertir en acciones y obligaciones de empresas de servicios públicos en la medida que sean necesarias para obtener su prestación y realizar todos los demás actos permitidos por la Ley 21.526 y por el Banco Central de la República Argentina. (d) El capital social de la Sociedad al 30 de junio de 2010 ascendÃa a $ 223.129.357, representado por 223.129.357 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a un voto por acción y de un valor nominal de un Peso cada una. El Patrimonio Neto de la Sociedad al 30 de junio de 2010, fecha de sus últimos estados contables, era de $ 282.048.852,55. (e) Las principales condiciones de emisión aprobadas mediante Acta de Directorio N'º250 de fecha 25 de octubre de 2010, son: TÃtulos a ser Emitidos: Obligaciones Negociables Clase I dentro de la cual y conforme se determine en el Suplemento de Precio, podrán emitirse las Obligaciones Negociables Serie I y/o las Obligaciones Negociables Serie II, o la cantidad de series que se determine en el Suplemento de Precio (las “Series”). Monto de las Obligaciones Negociables: el valor nominal global total de las Obligaciones Negociables Clase I podrá alcanzar el monto máximo de hasta $80.000.000.

La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Serie I y de las Obligaciones Negociables Serie II, no puede superar el monto nominal global máximo de $80.000.000, o conforme se indique en el Suplemento de Precio. Podrán especificarse montos de referencia para cada Serie en el Suplemento de Precio, sin perjuicio de lo cual cada una de las Series podrá ser emitida por un monto nominal mayor o menor a los montos que se determinen en el Suplemento de Precio. En caso de declararse desierta la colocación de una de las Series, la Serie cuyo proceso no fuese declarado desierto podrá ser emitida por hasta el valor nominal global máximo de $80.000.000, o conforme se indique en el Suplemento de Precio. Oferta: las Obligaciones Negociables Clase I podrán ser ofrecidas en Argentina (en el marco de la Ley de Oferta Pública y demás normativa aplicable) y/o en el extranjero, o conforme se determine en el Suplemento de Precio. Organizador y Colocador: las Obligaciones Negociables se ofrecerán a través del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y/o cualquier otro colocador que la Sociedad designe a tal efecto.

Descripción: las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones. Sistema de Colocación: la colocación de las Obligaciones Negociables se realizará mediante el sistema de colocación y adjudicación de subasta holandesa modificada (“Modified Dutch Auction”), conforme se indica en el Suplemento de Precio. Forma: las Obligaciones Negociables serán representadas bajo la forma de un único certificado global para cada Serie, que será depositado por el Emisor en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A., o bajo aquella otra forma que se determine en el Suplemento de Precio. Moneda: pesos Argentinos (“$” o “Peso”). Precio de Suscripción:

100% del valor nominal o conforme ello se determine en el Suplemento de Precio. Fecha de Emisión: es aquella fecha en la que se emitan las Obligaciones Negociables, de acuerdo a lo decidido por el Colocador y el Emisor, lo cual tendrá lugar a los 2 DÃas Hábiles siguientes al último dÃa del PerÃodo de Suscripción, o conforme se determine en el Suplemento de Precio. Plazo de Vencimiento: el plazo de vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I es a los 12 meses computados desde la Fecha de Emisión y el plazo de vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie II es a los 21 meses computados desde la Fecha de Emisión, o conforme se determine en el Suplemento de Precio. Intereses: las Obligaciones Negociables Serie I devengarán intereses a una tasa fija nominal anual que se determinará una vez finalizado el PerÃodo de Suscripción y que será igual a la Tasa de Corte, o conforme se determine en el Suplemento de Precio. Las Obligaciones Negociables Serie II devengarán intereses a una tasa de interés variable, que será igual a la Tasa de Referencia más un Margen de Corte que se determinará una vez finalizado el PerÃodo de...

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