Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 23 de Mayo de 2019, expediente FMZ 034192/2016/CA001

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 34192/2016 GR, BG Y OTRO c/ SWISS MEDICAL S.A. s/PRESTACIONES MEDICAS En Mendoza, los 23 días del mes de mayo de dos mil diecinueve, reunidos en

acuerdo los Señores Jueces de la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de

Apelaciones de Mendoza, D.. M.A.P., Juan Ignacio Pérez

Curci, y A.R.P., procedieron a resolver en definitiva estos autos

Nº FMZ 34192/2016/CA1, caratulados: “GR, BG Y OTRO C/ SWISS

MEDICAL S.A. S/ PRESTACIONES MÉDICAS”, venidos del Juzgado

Federal Nº 1 de San Juan, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

142 contra la resolución de fs. 132/141, cuya parte dispositiva se tiene aquí

por reproducida.

El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:

¿Debe modificarse la sentencia de fs. 132/141?

De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271

C.P.C y Comercial de la Nación y arts. 4 y 15 del Reglamento de esta Cámara,

se procedió a establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación:

Vocalías Nº 2, 3 y 1.

Sobre la única cuestión propuesta, el señor Juez de Cámara

Dr. J.I.P.C., dijo:

  1. Que a fs. 28/43 el Sr. BGGR y la Sra. MLG, por su propio

    derecho, con el patrocinio letrado de los D.. A.G. y Hugo

    Fernández y en representación de su hijo menor BGG, se presentan con el

    objeto de que se le ordene a la demandada SWISS MEDICAL S.A., a brindar

    Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA #29016521#232899841#20190521114202774 cobertura total e integral de la leche con proteínas hidrolizadas,

    específicamente N.P.J. HE por 400 gr en la cantidad solicitada

    y requerida por prescripción médica (10 latas mensuales), más lo abonado en

    los meses de Agosto, Septiembre y Octubre del año 2016, lo cual asciende a la

    suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON

    CERO NUEVE CENTAVOS $ 13.556,09. Funda en derecho.

    Expresan que durante el año 2016, luego de que su hijo

    presentó síntomas específicos consistentes en ronchas en la piel y un gran

    malestar gastrointestinal, lo que derivó en constantes cambios de estados de

    ánimo, decidieron acudir en consulta a profesionales médicos, puesto que el

    estado de B. era algo que excedía cualquier situación normal. En

    Agosto del año 2016 fue diagnosticado con “Alergia a la Proteína de la Leche

    de Vaca” por el médico G.D.J.F., conforme

    certificado médico de fecha 16/08/2015 que se acompaña (fs.10) y por la

    médica Gastroenteróloga Infantil, Dra. Estela P..

    S. legitimación para deducir la acción de amparo en razón

    de que su hijo es afiliado a S.M.S. Nº: 800006 0353137 03 1003.

    Aclaran que una lata de 400gr rinde alrededor de 3 días como

    máximo, lo que implica un consumo mensual de 10 latas de leche hidrolizada

    para una alimentación adecuada.

    Apuntan que el representado solo puede alimentarse con los

    hidrolizados de la proteína, fabricados especialmente y solo para la

    patología

    A.L.P.V., la recomendación médica fue la leche Nutrilon Pepti

    Junior HE. Que a efectos de logar una alimentación adecuada, B.

    consume la cantidad de 10 latas de dicha leche por 400gr. Aducen que esa

    cantidad resulta sumamente onerosa ya que el costo de cada lata asciende a

    Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA #29016521#232899841#20190521114202774 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y

    NUEVE (654,99) al momento de interposición de la demanda.

    Que con fecha 02/09/2016, presentaron nota de estilo a SWISS

    MEDICAL S.A. exponiendo la situación y solicitando la cobertura al 100% de

    la leche. Al no obtener respuesta y después de varios llamados telefónicos, les

    informaron que sólo cubrirían el 40% del importe de la leche.

    Que en fecha 12/09/2016, procedieron a presentar una segunda

    nota, firmada por la Dra. G. y en respuesta, la demandada cursa telegrama

    de fecha 28/09/16, de manera extemporánea y donde rechaza la misma en

    todos sus términos, y por consiguiente también la cobertura al 100%.

    Explica los fundamentos legales y constitucionales de su

    pretensión. Cita jurisprudencia. Ofrece prueba y formula Reserva del Caso

    Federal.

    Manifiesta que se dan todos los requisitos para la admisibilidad

    de la acción de amparo. Solicita Medida C..

  2. A fs. 54 y vta., el Dr. J.L.S.G., por la

    demandada SWISS MEDICAL S.A., interpone recurso de apelación contra la

    medida cautelar dictada el día 31/10/2016 en los términos del art. 498 inc. 3 y

    6 del C.P.C.C.N. Hace Reserva del Caso Federal.

  3. Que a fs. 61/75, el Dr. S.G. contesta demanda,

    ofrece prueba y mantiene planteo de Caso Federal.

    Niega todo lo que no sea expresamente reconocido por su parte,

    y formula numerosas negativas en particular.

    Expresa que la actora (y su grupo familiar) resulta beneficiaria

    del plan “SX04” que propone SWISS MEDICAL S.A., bajo el número

    353137; que el pedido de provisión de la prestación médica (leche) no se

    encuentra en la normativa, ni en los términos del plan contratado por la actora,

    Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara...

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