Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 21 de Abril de 2017, expediente FCB 031040482/2007/CA001

Número de expedienteFCB 031040482/2007/CA001
Número de registro176599859
Fecha21 Abril 2017

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “DEL GIUDICE, HUGO MARIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/ CIVIL Y COMERCIAL-VARIOS”

doba, veintiuno de abril del año dos mil diecisiete.-

VISTOS:

Estos autos caratulados: “DEL GIUDICE, HUGO MARIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/ CIVIL Y COMERCIAL-VARIOS” (Expte. N° 31040482/2007/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos extraordinarios interpuestos por la parte demandada (fs. 1369/1381vta.) y actora (fs.

1383/1401), en contra de la resolución de fecha 22/12/16.-

Y CONSIDERANDO :

  1. La representante jurídica del Estado Nacional, Dra. M.L.C.P. argumenta que en autos hay cuestión federal simple de conformidad a lo que prescribe el art. 14 de la ley 48, sostiene que se encuentra en juego la inteligencia y los alcances de normas de naturaleza federal como la Ley 23.696 y sus Decretos reglamentarios. Invoca afectación directa del derecho de propiedad y la garantía de defensa en juicio, al condenar al Estado Nacional el abono a los actores, del valor de reventa a la fecha de su desvinculación, de las acciones que hubieran podido adquirir cada uno de ellos, dentro del P.P.P (Programa de Propiedad Participada del Banco Hipotecario S.A.). Se agravia por la tasa de interés fijada, expresando que los intereses a reconocer son los que establecen las normas de consolidación. Asimismo, deduce este remedio procesal por entender que existe arbitrariedad, alegando asimismo gravedad institucional.

    Fecha de firma: 21/04/2017 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #3415298#176599859#20170421091816336 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “DEL GIUDICE, HUGO MARIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/ CIVIL Y COMERCIAL-VARIOS”

    A su turno, el representante jurídico de la parte actora, Dr. A.N.C.S. argumenta que la sentencia impugnada incurre en causal de arbitrariedad por afectación del principio de congruencia, invoca que los parámetros establecidos en la sentencia resultan arbitrarios al apartarse de la correcta interpretación de normas federales aplicables. Se agravia por el régimen de costas. Invoca daño material y moral.

    Corridos los traslados de ley, la parte actora contesta dicho recurso solicitando se declare inadmisible el recurso intentado, con costas a la demandada (fs. 1405/1412). Por su parte, la parte demandada contesta el recurso (fs. 1413/1414.) solicitando su rechazo el recurso...

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