Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 24 de Junio de 2019, expediente FSM 008323/2018/CA002

Fecha de Resolución24 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 8323/2018/CA2 – Orden 14516 GIROLDI, M.E. c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CREDITOS PRENDARIOS s/AMPARO LEY 16.986 Juzgado Federal de Campana – Secretaría 1 S.M., 24 de junio de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.V. estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario interpuesto por la demandada, contra la sentencia que confirmó la de primera instancia. El traslado fue contestado (Cfr. fs. 599/612v., 615V., y 617/626v.)

  1. Ante todo, no surge que en orden a lo decidido pueda razonablemente invocarse la doctrina de la arbitrariedad de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 329:1787, 330:4633, 4770), motivo por el cual, corresponde rechazar el recurso interpuesto con ese fundamento, toda vez que la resolución atacada es un “acto jurisdiccional valido” pues cuenta con suficientes fundamentos de hecho y derecho (Fallos: 307:629).

  2. Por otra parte, los planteos formulados por el recurrente remiten al análisis de cuestiones de hecho y prueba y derecho común, ajeno a la instancia extraordinaria, razón por la cual el recurso extraordinario es improcedente (Fallos: 300:852, 305:1896, 275:454, 285:361, entre otros).

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

  1. ) RECHAZAR el recurso extraordinario...

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