Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 11 de Octubre de 2018, expediente CCF 008808/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n°8808/2016/CA1 “G., M.Y. y otro c/ Edesur S.A. s/ daños y perjuicios”. Juzgado n°2 Secretaría n°3.

Buenos Aires, 11 de octubre de 2018.

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 146bis, concedido a fs. 146ter y fundado a fs. 147/152, contra la resolución de fs. 145/146vta., cuyo traslado fue contestado a fs. 157/160vta.; CONSIDERANDO:

I.M.Y.G. y S.M.B. demandaron a la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (en adelante “EDESUR”) por el cobro de $179.583 en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la sobrecarga de tensión eléctrica ocurrida el 2 de marzo de 2016 alrededor de las 17:00 horas (fs.

7/12).

Refirieron los actores -cónyuges- que se domiciliaban, junto con su hijo, en el inmueble sito en Gral. Galo de L. 1142, departamento 2, de la ciudad de Temperley en la Provincia de Buenos Aires, en el que eran provistos de energía eléctrica por la empresa demandada. Señalaron que el día indicado se produjo un corte de luz y que el servicio fue restablecido con una tensión superior a los 390 watts lo que causó “el calcinamiento de cableado y electrodomésticos del hogar” (fs. 7vta., segundo párrafo). Agregaron que, a pesar de haber efectuado los reclamos pertinentes, la accionada no respondió

ni ofreció modo alguno de reparación de los daños producidos.

Los rubros que integraron su pretensión fueron individualizados en: “daño emergente” $69.083; “daño moral” $50.000; “gastos ocasionados”

$10.500 y “daño punitivo” $50.000 (fs. 9/10vta., punto 6).

  1. A fs. 33 se le imprimió a la causa el trámite de juicio sumarísimo.

    EDESUR contestó el traslado de la demanda en los términos que surgen del escrito de fs. 46/57vta.

    Fecha de firma: 11/10/2018 Alta en sistema: 12/10/2018 Firmado por: RECONDO - MEDINA, #29261173#218752232#20181012111757160

  2. El señor juez de primera instancia rechazó la demanda, con costas. Fundó su decisión en la falta de prueba del hecho generador del daño (fs. 145/146vta.).

    Contra dicho pronunciamiento fue interpuesto y fundado el recurso de los actores. En él tachan la sentencia de dogmática y solicitan su revocación (fs. 147vta., punto 4.1). Cuestionan el tratamiento dado por el a quo a la prueba producida en autos, considerando que hay indicios y presunciones suficientes para tener por acreditado el hecho (fs. 148, punto 4.2). Insisten en la aplicación de la carga dinámica de la prueba toda vez que sostienen que la demandada está en mejores condiciones de producirla y tiene constancias que permitirían acreditar el hecho. Al respecto, reiteran la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, en especial del artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR