Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 24 de Mayo de 2022, expediente CAF 015586/2019/CA002

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II

Buenos Aires, 24 de mayo de 2022.

VISTOS: estos autos caratulados “G., C.G. c/ E.N. – Mº

Seguridad – PFA s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, E.. nº

15.586/2019 y CONSIDERANDO:

  1. Que, a modo de introducción, es menester referir que llegan estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. C.G.G. contra la sentencia de fecha 15/10/2021, mediante la cual la señora Jueza de primera instancia rechazó la demanda formulada y le impuso las costas, esto último por considerar que no existía motivo alguno para apartarse del principio general de la derrota.

  2. Que, liminarmente, a fin de aportar claridad y detalle a lo que ut infra se considerará y decidirá, corresponde realizar una breve reseña de los antecedentes de la causa.

    Para ello, habrá de comenzarse con referir que los hechos que dieron origen al conocimiento de esta Sala, se encuentran relacionados con la pretensión esgrimida por el actor en una causa iniciada con anterioridad a la presente (confrome fuera indicado por el Sr. G. en su escrito de inicio, incorporado al Sistema de gestión judicial Lex100 con fecha 20/11/2020). Así, cabrá realizar la siguiente mención de uno y otro proceso:

    i) Primer proceso: identificado como Causa nº 72.628/2018, en trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal nº 5, caratulada:

    G., C.G. c/ EN - M Seguridad- P.F.A. s/ Personal Militar y Civil de las F.F.A.A y de Seg.

    :

    - El actor inició la referida causa el 18 de octubre de 2018.

    En cuanto al objeto de la misma, va dirigido a impugnar la Resolución nº

    210/2016 del Ministerio de Seguridad de la Nación, de fecha 26 de mayo de 2016,

    mediante la cual se dispuso su traspaso desde la Policía Federal Argentina a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    Asimismo, el accionante planteó la inconstitucionalidad de una serie de ordenamientos locales, a saber: los artículos 112/117, 120/123, 136, 153, 161/170,

    183/186, 191/206, 207/226, 251, 260/62, 410/421, 428, Cláusulas Transitorias del Libro II, 3, 6, 7, 8, 11, 15, y del Libro III 16, 20 y 21, concordantes y correlativos con la Ley n° 5688/2016 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tanto lo obligaba a subordinarse a dicha legislación (cfr. escrito de inicio disponible en la página de “Consultas Web del Poder Judicial de la Nación”).

    Fecha de firma: 24/05/2022

    Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA

    - De la consulta del “Sistema Web del Poder Judicial de la Nación” se desprende que, en la causa indicada aun no recayó sentencia definitiva y que, con fecha 22/02/2022, se clausuró el período probatorio, oportunidad en la que ambas partes alegaron sobre las pruebas producidas en esos autos (cfr. providencias de fechas 16/03/2022 y 30/03/2022).

    ii) Segundo proceso: identificado como Causa n° 15.586/2019 en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nº 4, en apelación ante esta Alzada, caratulada: “G., C.G. c/ E.N. – Mº Seguridad – PFA s/personal militar y civil de las FFAA

    y de Seg.”:

    - En la presente causa, el señor C.G.G., entabló demanda por daños y perjuicios contra el Estado Nacional – Ministerio de Seguridad –

    Policía Federal Argentina. El inicio del...

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