Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 18 de Octubre de 2022, expediente CIV 006097/2021/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

6097/2021

GIL, M.F.J. c/ CAVO, E.R.

s/EJECUCION HIPOTECARIA

Buenos Aires, de octubre de 2022.

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen las presentes actuaciones al Tribunal, a raíz del recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada, por intermedio de su letrado apoderado.

Dirige esa vía de impugnación contra la resolución dictada el 13-6-2022.

Allí se rechazaron las excepciones de litispendencia e inhabilidad de título opuestas, con costas y también los demás pedidos formulados por el ejecutado.

El memorial fue presentado el 01-07-2022 En dicha pieza de autos, el apelante se agravia, por el rechazo de la excepción de litispendencia, en tanto se desconoce en el pronunciamiento objetado, que resulta procedente aún en el supuesto de no concurrir la triple identidad a la que se alude en la resolución, al existir la posibilidad del dictado de sentencias contradictorias.

Agrega que procede la acumulación de procesos que se propugna entre estas actuaciones y las caratuladas “C., E.R.c.G.,

M.F. s/ Reajuste de convenio, expediente nº CIV 042604/2021.

También se agravia por el rechazo del Juez de grado a la excepción de inhabilidad de título interpuesta, por entender que ha negado la existencia de la deuda al efectuar el planteo respectivo.

Además, objeta que se haya considerado que el art 765, CCCN

no es de orden público y el rechazo de los demás pedidos formulados referidos a la adecuación del contrato, la aplicación de la ley de consumidor, la teoría de la imprevisión, el caso fortuito, el abuso del derecho y buena fe. Entiende el apelante que no exceden el ámbito del proceso ejecutivo, en tanto a raíz de las recurrentes crisis económicas por las que ha atravesado nuestro país, aquél ha cambiado, porque se han alterado los moldes tradicionales en los que se apoyaba su tramitación.

Fecha de firma: 18/10/2022

Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.F.M., JUEZA DE CAMARA

El traslado del memorial fue contestado por la parte contraria.

En ese escrito solicita la aplicación de sanciones (art. 594 CPCC).

Habiéndose reseñado el contenido y el desarrollo de los actos cumplidos y relacionados con el recurso interpuesto nos abocaremos a su análisis y decisión.

Como punto de partida, diremos que las presentes actuaciones tramitan conforme la vía establecida por el régimen especial de ejecución de hipotecas (ley 24.441), tal como...

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