Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 12 de Julio de 2022, expediente CIV 050519/2017/CA001

Fecha de Resolución12 de Julio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

50519/2017

GIBERT, M.B. s/SUCESION TESTAMENTARIA

Buenos Aires, de julio de 2022.-

Autos y vistos:

  1. Contra la resolución de fecha 9 de marzo de 2022

    interponen recurso de apelación G.I.P., M.V.O. y M.S.O.. Los agravios no fueron respondidos.

    Se agravian sustancialmente que el J. a quo hubiera dejado sin efecto la subasta del único bien que integra el acervo hereditario y ordenado la constitución de un condominio sobre el mismo.

  2. El fin de la indivisión de los bienes transmitidos por sucesión cesa con la partición (art. 2363 del CCC) y sólo si la distribución de los bienes puede hacerse en especie los copartícipes no pueden solicitar su venta (art. 2374 del CCC).

    En el caso, no sólo la subasta ya había sido decidida por una decisión previa, que se encuentra firme, sino que la creación de un derecho real de condominio como modalidad de partir el inmueble transmitido en la sucesión, requiere la conformidad de los herederos,

    lo que no acontece en la especie como se expresa en los recursos de marras.

    Tampoco puede predicarse que tal distribución constituya una partición en especie. Es fácil advertirlo con solo considerar que el bien de que se trata no puede ser dividido en partes iguales en los términos del art. 228 del CCyC; ello, por otra parte, generaría nuevos conflictos en el futuro, por ejemplo, en lo relativo a su uso y goce.

    Fecha de firma: 12/07/2022

    Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.F.M., JUEZA DE CAMARA

    Lo expuesto conduce a revocar el decisorio apelado. Las costas,

    atento la...

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