Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 30 de Agosto de 2019, expediente CIV 053052/2016/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Agosto de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Sala F |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F 53052/2016 GIBAJA, VIOLETA Y OTROS c/ RIVAS, C.E. s/CUIDADO PERSONAL DE LOS HIJOS Buenos Aires, de agosto de 2019.- M Y VISTOS; Y CONSIDERANDO:
Estos autos para resolver los recursos de nulidad y de apelación
interpuestos por la parte demandada a fs. 226 contra el auto regulatorio de fs. 221.
El memorial obra a fs. 232/234. A su vez la parte actora y la perito psicóloga
cuestionan el monto de los honorarios regulados a ésta última.
Cuando los agravios articulados pueden ser reparados por vía de apelación
no resulta admisible el recurso de nulidad (R., A.A., "Tratado de los
recursos ordinarios", T.2, pg. 692. Ed. A.. Buenos Aires, 1991; Morello Sosa
Berizonce Códigos Procesales..., TΕ III, p. 258/9, coment. art. 253, parágrafo III, I.
Ed. L.. E.. P.A.P., Buenos Aires, 1988 y sus citas). De allí, que
habrá de desestimarse la nulidad deducida, debiéndose tratar los agravios
esgrimidos.
No obstante la vigencia de la ley 27.423, en virtud de lo dispuesto por el
art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, las regulaciones de etapas
cumplidas con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley se practican o
revisan de acuerdo a las disposiciones de la ley 21.839, modificada por la ley
24.432.
En casos como el de autos, donde la demanda es sin monto, a fin de
valorar los trabajos realizados, corresponde merituar la actividad desplegada por
la profesional interviniente y el tiempo dedicado que, aunque no sea decisivo en
las labores intelectuales, no deja de ser una pauta de relevancia a los fines
regulatorios (CNCiv., esta S., H.500.755 del 1552008, “Muguerza N. B. c.
Cons. de Coprop. Colombres 41/43 s. Denuncia de Daño Temido”).
En su mérito, este Tribunal
RESUELVE:
1) Rechazar la nulidad planteada
a fs. 226; 2) Confirmar el pronunciamiento de fs. 221. Costas de Alzada por su
orden atento a la falta de contradictorio (arts. 68 y 69 del Código Procesal). 3) En
atención a los trabajos realizados por la perito psicóloga LIC. LAURA
ELIZABETH...
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