Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 14 de Agosto de 2018, expediente CNT 039645/2014

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expediente nro. CNT 39645/2014/CA1 JUZGADO Nº 69 AUTOS: "GERONIMO JOSE RUBEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL".

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 del mes de agosto de 2018.-

VISTO:

El recurso interpuesto por la demandada de fs. 254, y; CONSIDERANDO:

  1. El señor Juez de grado, a fs. 252., homologó el acuerdo conciliatorio arribado por las partes y reguló honorarios a favor del perito médico en la suma de $14.100.-, a cargo de la demandada. . La accionada, disconforme con la regulación mencionada, presenta recurso de apelación a fs. 254.

  2. Destacado ello, en atención a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y pautas arancelarias de aplicación, los honorarios apelados se exhiben equitativos y ajustados a derecho (artículos 38 de la Ley 18.345).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la resolución apelada.-

Regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

JGF 8.38 V.A.P.L.A.C.J. de Cámara Juez de Cámara Fecha de firma...

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