Generales / H.C.D. De M. de J. B. Alberdi Ordenanza Nº 12/2007. Aviso Nro: 128709

Fecha de la disposición12 de Julio de 2007
Número de Boletín26576
Fecha de Publicación12 de Julio de 2007

MUNICIPALIDAD DE JUAN B. ALBERDI Honorable Concejo Deliberante Juan Bautista Alberdi - Tucumán Ordenanza N° 12/2007 POR 1 DIA - Visto: La necesidad de instrumentar medidas que hagan, a una mejor y mayor percepción de los tributos municipales, evitando en la medida de lo posible la evasión fiscal, y lograr un mayor flujo de ingresos, y; Considerando:Que en la jurisdicción de la Municipalidad de Juan B. Alberdi, muy en especial en los planes de construcción de viviendas y/o mejoramiento de las mismas la ejecutan Empresas constructoras con residencias en otras jurisdicciones y que fijan domicilio transitorio en esta. Que el comitente, órgano contralor y liquidador por los trabajos ejecutados es en forma exclusiva el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia de Tucumán. Que la actividad comercial de las Empresas adjudicatarias de las obras se encuentran gravadas por las disposiciones establecidas en la Ordenanza n° 08/07 modificación del Código Tributario, Título 1, Capítulo I al IX inclusive, artículo 7 al 12 régimen tributario municipal año 2007. Tributo de Emergencia Municipal. Que en función de agilizar el proceso de recaudación se hace necesario designar Agente de Retención, para el cobro de este tributo, medida esta contemplada en el artículo 22, del Código Tributario Municipal y sus modificatorias. Por ello; El Honorable Concejo Deliberante de Ciudad De Juan B. Alberdi; sanciona con fuerza de:Ordenanza. Artículo 1°.- A partir de la fecha de la sanción de la presente Ordenanza, desígnase como Agente de Retención del Tributo de Emergencia Municipal al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, con domicilio comercial en calle Muñecas N° 500 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán. Artículo 2°.- El Agente de Retención mencionado en el artículo 1° de la presente Ordenanza, deberá...

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