GENERALES / COMUNA DE SAN PABLO Y VILLA NOUGUES de

Fecha de Entrada en Vigor23 de Enero de 2019
Número de Boletín29417
Fecha de Publicación22 de Enero de 2019
Número de documento221337

COMUNA DE SAN PABLO Y VILLA NOUGUES

POR 1 DIA - Daniel Fernando Castro, D.N.I. N° 21.829.479, en el carácter de Comisionado Comunal de San Pablo y Villa Nougues, haciendo cumplir la Ley 7350 - Comunas Rurales Título I - Capítulo I, Articulo 3° comunica que

Visto: El crecimiento y expansión urbana que se está desarrollando en la Comuna a la que represento, Expte. N° 750/63-2018, y;

Considerando:

Que es necesario contar con un sistema de provisión de agua potable

confiable, consolidado y sostenible en todo el territorio de San Pablo;

Que la Comuna ha tenido un exponencial crecimiento urbano residencial

en zonas que hasta hace muy poco eran de explotación agropecuarias;

Que es necesario y conveniente ordenar en forma urgente la prestación

de los servicios públicos en relación a estas nuevas zonas urbanas para garantizar la salubridad de la comunidad;

Qué en relación al agua potable, por Ley N° 6890 Y Decreto 1991-3-MDP de 1998 la Provincia de Tucumán ha dado la posibilidad y ha dispuesto que sea la Comuna de San Pablo y Villa Nougués la que asuma la prestación del servicio de agua y cloacas en su jurisdicción;

Qué al igual que en otras áreas de la Comuna, se considera más beneficioso para la sustentabilidad del servicio, que el mismo no lo preste directamente la comuna, sino se lleve a cabo a través de un operador con conocimientos y capacidad técnica, administrativo y económica en la materia, bajo la regulación y el control del Ente Único de Regulación y Control de los Servicios Públicos Provinciales (ERSEPT); y

Qué la situación es urgente y apremiante por cuanto el período de verano

pone una mayor utilización del recurso y los reclamos de los ciudadanos se han incrementado. Que en relación al considerando anterior en el área se registra una demanda de ampliación y garantías de mantenimiento del servicio de agua potable y cloacas, debido al crecimiento urbano, y considerando que esta comuna no cuenta con un prestador que realice las tareas de planificación, operación y mantenimiento, lo cual pone en riesgo la salubridad de la comunidad y genera un sistema en desorden,

Por ello, quien suscribe, Comisionado Comunal de San Pablo

RESUELVE

1- Comunicar que durante 20 días hábiles se recibirán propuestas de Personas

Jurídicas que deseen operar, en forma provisoria, el sistema de agua y cloacas en las...

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