Resolución General 8/2013

EmisorComision Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2013



COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General8/2013Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Declaraciones Juradas. Pagos. Vencimientos.

Bs. As., 20/11/2013

VISTO y CONSIDERANDO:

Que es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para el pago y la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el universo de contribuyentes que lo liquidan bajo las normas del Convenio Multilateral.

Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2014.

Que, asimismo, resulta necesario fijar la fecha de vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2013.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.8.77)

RESUELVE:

Artículo 1°

— Establecer para el período fiscal 2014, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2°

— Establecer que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2013 operará el 30 de junio del año 2014, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 78 y 79 de la Resolución General Nº 1/2013.

Art. 3°

— Establecer que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2014 operará el 30 de junio del año 2015, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 78 y 79 de la Resolución General Nº 1/2013.

Art. 4°

—...

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