Resolución General 3/2013

EmisorInspeccion General de Justicia
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2013



Inspección General de Justicia

SISTEMAS DE CAPITALIZACION Y AHORRO PARA FINES DETERMINADOS

Resolución General3/2013Modificación.

Bs. As., 10/10/2013

VISTO la Resoluciones Generales I.G.J. Nº 26/04 y 14/06 y sus modificatorias y la presentación efectuada por la CAMARA DE PLANES DE AHORRO PARA LA ADJUDICACION DE AUTOMOTORES (C.A.P.A.) en el expediente Nº 1534360/7048638, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 de las presentes actuaciones, la referida cámara empresarial propone reemplazar la obligación de publicar en un diario de circulación generalizada en todo el territorio de la República el llamado a los actos de adjudicación mensual y el resultado de los mismos, por una publicación hecha en la página WEB de cada sociedad y la comunicación personal a cada suscriptor, tal como existe actualmente.

Que funda su petición en la circunstancia de que, en la actualidad, dicha información le llega al suscriptor en forma directa o a través de la página de Internet. En atención a ello, solicita que se dispense a las sociedades administradoras de planes de ahorro para fines determinados que adjudican bienes muebles, de efectuar las aludidas publicaciones mensuales en diarios de circulación generalizada en todo el país, toda vez que dicha forma de comunicación se ha tornado innecesaria y onerosa.

Que tradicionalmente, por no existir una normativa específica para los planes de grupos cerrados que determinara la forma en que debían comunicarse los resultados de las adjudicaciones, se aplicaron de modo analógico las previsiones contenidas en el 21 del Decreto Nº 142.277/43 que reglamentaba la comunicación de los sorteos para las sociedades de capitalización, e imponía la publicación de los resultados en el boletín oficial y en por lo menos un diario, elegido entre los de mayor circulación en la localidad en que se encontrara la sede social de la empresa. Ahora bien, mientras que en los planes de capitalización el sorteo tiene una naturaleza accesoria, ya que fueron creados como un incentivo al ahorro, en los grupos cerrados de ahorro previo la adjudicación del bien por sorteo o licitación es la parte esencial del contrato, por lo que la publicidad del llamado al acto de adjudicación como de sus resultados, reviste mayor importancia.

Que en atención a ello, se dictó la Resolución General Nº 16/90 que reglamentó el trámite de presentación ante este Organismo de la documentación que acreditara haber cumplido con los requisitos contractuales del acto de adjudicación por parte de las sociedades administradoras de grupos cerrados para la adjudicación de bienes...

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