Resolución General 3641

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2014



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución General3641Procedimiento. Areas afectadas por las inundaciones acaecidas en las Provincias de Misiones, Corrientes y Formosa. Obligaciones de presentación y pago. Plazo especial.

Bs. As., 2/7/2014

VISTO los daños producidos por las inundaciones acaecidas en determinadas localidades de las Provincias de Misiones, Corrientes y Formosa, y

CONSIDERANDO:

Que tales hechos y sus consecuencias configuran una situación de carácter extraordinario, que podrían imposibilitar a los responsables afectados cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de presentación y pago de los gravámenes a cargo de este Organismo.

Que resulta procedente contemplar la situación descripta, disponiendo las fechas hasta la cuales las referidas obligaciones se considerarán cumplidas en término, así como la suspensión de las ejecuciones fiscales.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación y de Operaciones Impositivas del Interior, y las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 20 y 24 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Establécese un plazo especial para la presentación y en su caso pago, de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a cargo de los sujetos con domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las localidades afectadas por las inundaciones de las Provincias de Misiones, Corrientes y Formosa, que se indican en el Anexo que se aprueba y forma parte de esta resolución general.

Art. 2°

— La presentación y en su caso pago, de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior con vencimientos fijados para los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2014, se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos establecidos por esta Administración Federal —de acuerdo con la terminación de la Clave Unica de...

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