Expediente nº 15317/53 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 20 de Septiembre de 2018

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2018
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. nº 15317/18 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: A.E.T.G. y otros c/ GCBA s/ amparo"

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2018

Visto: el expediente indicado en el epígrafe;

resulta:

  1. Llegan estas actuaciones al Tribunal para resolver la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado interpuesta por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante: GCBA) a fs. 116/124.

  2. Las actuaciones se originaron con la acción de amparo que A.E.T.G. y W.A.L. -por derecho propio y en representación de las niñas a su cargo- promovieron contra el GCBA con el objeto de que se le proveyese una solución habitacional definitiva y permanente (fs. 5/32 vuelta).

    Contestada la demanda por el Gobierno, que solicitó su rechazo (fs. 33/49 vuelta), el juez de primera instancia -en cuanto es pertinente relatar- resolvió admitirla y ordenó al GCBA garantizar el acceso a una vivienda adecuada y digna a la parte actora y orientarla en la búsqueda de una solución definitiva a su situación de emergencia habitacional (fs. 53/66 vuelta).

  3. Disconforme, el GCBA apeló aquella decisión (fs. 68/87 vuelta).

    Contestado el traslado conferido a los accionantes (fs. 129/147), la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. -en lo que interesa destacar- rechazó parcialmente el recurso de apelación y condenó al GCBA a presentar, en el plazo que dispusiera el juez de grado, una propuesta para hacer frente a la obligación de brindar a la parte actora un alojamiento que reuniese las condiciones adecuadas a la situación de los amparistas (fs. 89/98 vuelta).

    Los magistrados valoraron la prueba producida en autos y concluyeron que la parte actora se encontraba entre los grupos de pobreza crítica que requerían atención prioritaria en los planes de gobierno creados para superar esa condición y que, por ello, tenía derecho a que el GCBA le brindase un alojamiento en los términos que emanan de la resolución dictada por este Tribunal en los autos "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: K.M.P. c/ GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)", expte. nº 9205/12, sentencia del 21 de marzo de 2014.

  4. Contra ese pronunciamiento el GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad (fs. 99/110), el que fue contestado por la parte actora (fs. 148/163) y denegado por la Sala I (fs. 112/114). Esta decisión dio lugar a la queja indicada en el punto 1 precedente.

  5. Requeridos sus dictámenes, la Asesora General Tutelar y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR