Expediente nº 14466/57 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 15 de Noviembre de 2017

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2017
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. n° 14466/17 "GCBA s/ queja por recurso de incons-titucionalidad denegado en: P., V.M. c/ GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)"

Buenos Aires, 15 de noviembre de 2017

Vistos: los autos indicados en el epígrafe;

resulta:

  1. Llegan estas actuaciones al Tribunal para resolver el recurso de queja deducido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, GCBA) contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad (fs. 39/50).

  2. V.M.P., por derecho propio, promovió acción de amparo contra el GCBA por considerar vulnerados sus derechos a la vivienda, a la salud y a la dignidad, al serle negada asistencia habitacional adecuada pese a encontrarse en un estado de máxima vulnerabilidad (fs. 6).

    La sentencia de primera instancia hizo lugar al amparo con el alcance que allí se precisó (fs. 6/14 vuelta).

  3. D., ambas partes apelaron esa decisión (fs. 16 y 68/81).

    La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. rechazó los recursos de apelación interpuestos por el GCBA en esas actuaciones y en el incidente 44870/1, hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la parte actora, y en consecuencia, modificó la sentencia de grado con los alcances establecidos en el considerando VII del voto del Dr. Centanaro. En el considerando indicado se ordenó al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del GCBA "que, en ejercicio de su competencia, adopte los recaudos necesarios con el fin de ꞌ…que presente, en el plazo que indique el juez de grado, una propuesta para hacer frente a la obligación de brindar un alojamiento que reúna las condiciones adecuadas (…) a la situación…ꞌ de la actora" (fs. 16/21).

  4. Contra ese decisorio, la Ciudad interpuso recurso de inconstitucionalidad (fs. 89/102 vuelta), que fue denegado por la Cámara (fs. 36/37 vuelta) y motivó la queja indicada en el punto 1.

  5. Requerido su dictamen, el F. General Adjunto propició rechazar la queja (fs. 106/107 vuelta).

    Fundamentos:

    Los jueces J.O.C. y A.M.C. dijeron:

  6. Corresponde rechazar la presente queja porque el GCBA recurrente no rebate la razón por la cual la Cámara denegó su recurso de inconstitucionalidad, la ausencia de una cuestión constitucional.

  7. La Cámara, en su sentencia de fecha 14/02/2017, resolvió "I. Rechazar los recursos de apelación interpuestos por el GCBA en las presentes actuaciones y en el incidente 44870/1. II. Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la actora y en consecuencia, modificar Ia...

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