Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 29 de Septiembre de 2022, expediente CAF 061987/2016/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

61987/2016

GCBA c/ EN-AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL

ESTADO s/EJECUCION FISCAL TRIBUTARIOS

Buenos Aires, de septiembre de 2022.-

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la Agencia De Administración De Bienes del Estado a fs. 171, fundado a fs. 173/182, contra la resolución del 18

de mayo de 2021; y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el pronunciamiento del 18 de mayo de 2021, el juez de la anterior instancia rechazó las defensas de falta de agotamiento de la instancia administrativa, improcedencia de la vía ejecutiva,

    inhabilidad de título y falta de legitimación pasiva deducidas por la demandada a fs. 29/40 y, en consecuencia, mandó llevar adelante la ejecución promovida contra la Agencia de Administración de Bienes del Estado hasta hacerse íntegro pago a la actora del capital reclamado ($1.318.076,40), con más sus intereses y costas en el orden causado, en concepto de Impuesto Inmobiliario, Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, cuotas 1 a 10 y 91 del año 2012.-

  2. Que, contra dicha sentencia, la demandada apeló a fs.

    171 (de las actuaciones digitales a las que se hará referencia en lo sucesivo) y expresó agravios a fs. 173/182, los que fueron contestados a fs. 184/196.

    En primer lugar, sostiene que el a quo omitió expedirse en relación a la citación como tercero de la Comisión Nacional de Monumentos,

    Museos y Lugares Históricos requerida por su parte. Asimismo, se agravia del rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva; manifiesta que todos los bienes que entran en conflicto en el fuero federal por deudas tributarias, son de propiedad del Estado, no obstante el Estado tiene su propia organización y descentralización. En ese orden de ideas, alega que el pronunciamiento apelado “ha impedido que el organismo que detenta la administración del bien [la Comisión Nacional de Monumentos, Museos y Lugares Históricos] exponga o acredite las probanzas o defensas que así considere oportuna”. En suma,

    manifiesta que “la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, MUSEOS Y

    LUGARES HISTÓRICOS, quien se reitera detenta la administración del bien y Fecha de firma: 29/09/2022

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.V., PROSECRETARIO LETRADO INTERINO

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    resulta ser la titular la relación sustancial y...

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