Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 19 de Septiembre de 2022, expediente FRE 011001521/1996/CA001

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la N.ión CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

11001521/1996

G.P.T. c/ESTADO NACIONAL Y OTRO

s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Resistencia, 19 de septiembre de 2022.- MCG

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “GAUTO, PEDRO TELMO C/ESTADO NACIONAL

Y OTRO S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS”, expediente N° 11001521/1996,

provenientes del Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora;

Y CONSIDERANDO:

1) Que en fecha 09/03/20 (fs. 149), la Jueza aquo declara de oficio la caducidad de la instancia al hallarse vencido el plazo previsto por los arts. 310 inc. 1º y 316 del CPCCN, atento el tiempo transcurrido y la inactividad procesal de la parte actora.-

Reseña que en el mes de diciembre de 2016 se le solicitó al accionante que manifieste interés en la prosecución de la causa ya que hacía nueve (9) años que el expediente se encontraba sin movimiento. Que ello fue notificado al domicilio legal de la parte en fecha 20/12/16. Que en el mes de febrero de 2017 (fs. 143) se presenta como parte la Sra.

M.W. en su carácter de viuda del Sr. G., acompañando acta de defunción y acta de matrimonio y manifiesta su interés en la prosecución de la causa.-

Agrega la Juzgadora que en el mes de febrero del año 2019 se provee dicha presentación y se la tiene como parte, y que, desde esa fecha no se ha producido en la causa acto impulsorio alguno por parte de quien promovió la acción.-

En fecha 12/03/20 (fs. 158/160) la accionante deduce recurso de revocatoria con apelación en subsidio. Denegado el primero le fue concedido el recurso de apelación (25/10/21, fs. 157).-

En su escrito recursivo, la Sra. W. manifiesta que se entera de la existencia de la causa iniciada por su esposo, Pedro T.

G., por una tercera persona ya que la cédula enviada a su domicilio real no ha sido recepcionada.-

Fecha de firma: 19/09/2022

Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE

Firmado por: M.C.G., SECRETARIO DE CAMARA

Fue así que se presentó espontáneamente en febrero de 2017

adjuntando la documental que acreditaba el vínculo.-

Que posteriormente, comenzó a realizar los trámites del juicio sucesorio que le llevó varios años debido a que algunos de los herederos residen en otras provincias. Que los gastos de la vida diaria y la crisis del país, siendo jubilada, le dificultaron afrontar el juicio sucesorio,

sumado a ello los paros en las distintas reparticiones públicas (Registro Civil, Boletín Oficial, Poder Judicial del Chaco) y los viajes que debió

realizar por cuestiones urgentes de índole familiar, le han impedido presentar hasta la fecha la declaratoria de herederos solicitada en la causa.-

Expresa que la caducidad de instancia supone el abandono voluntario del trámite del proceso. Que, cuando por alguna circunstancia jurídicamente relevante las partes se encuentren impedidas de impulsar el...

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