Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 31 de Agosto de 2020, expediente CNT 007768/2019/CA001

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.INT. EXPTE.NºCNT 7768/2019/CA1

(50356)

JUZGADO Nº: 66 SALA X

AUTOS: “G.R.P.E. C/ ASOCIART ART S.A. S/

RECURSO LEY 27.348

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de revocatoria “in extremis” interpuesto por la parte actora a fs. 212 y vta. de estas actuaciones.

Y CONSIDERANDO:

Que el llamado recurso de revocatoria “in extremis” tiene origen pretoriano y persigue la finalidad de subsanar una injusticia flagrante o grosera que no pueda modificarse por vía de aclaratoria ni a través de los recursos procesales previstos por la ley adjetiva; supuestos ajenos al caso.

Que sobre dicha base, se aprecia evidente que los diferentes argumentos que enumera la parte en sustento de su postura sólo reflejan una mera discrepancia con lo resuelto por el Tribunal en la sentencia definitiva adoptada (fs.209/211),

máxime si se tiene en cuenta que en concreto la recurrente pretende la revisión de la imposición de costas por su orden y de los honorarios regulados en el fallo.

Por lo expuesto, se

RESUELVE:

Rechazar el recurso de revocatoria “in extremis” articulado a fs. 212 y vta. C., regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE...

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