Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 18 de Marzo de 2019, expediente COM 040124/2008

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 40124/2008 - GATILAR S.A. s/QUIEBRA Juzgado N° 7 - Secretaría N° 14 Buenos Aires, 18 de marzo de 2019 Y VISTOS:

  1. Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso; ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom. esta S., in re: "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/

incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08).

La situación descripta en el párrafo precedente se verifica en el presente caso. La estricta aplicación de los porcentajes utilizados en la anterior regulación practicada a los profesionales en esta oportunidad, conduciría a la fijación de montos que no guardarían la adecuada proporcionalidad con la labor desarrollada por la sindicatura. Ello en virtud del exiguo monto a distribuir.

Por ello, y en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos y el importe que surge de fs. 2688 ($ 4671,70.-), se elevan a un mil pesos ($ 1.000) los honorarios del síndico J.L.B.; a un mil quinientos pesos ($ 1.500) los del Estudio C. -M. y se confirman en los términos del art. 272 LCQ en setenta y un pesos ($...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR