Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 7 de Noviembre de 2016, expediente CNT 069097/2014/CA001

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 69097/2014 - GARVALIZ, G.E. c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 07 de noviembre de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo, recurre la parte actora a mérito del escrito de fs. 126/129, que mereció la réplica de su contraria de fs. 131/132.

  2. El recurrente objeta la valoración de la prueba pericial médica efectuada en autos y la imposición de costas.

    Adelanto que, de prosperar mi voto, la queja relativa a la primera de dichas cuestiones no tendrá

    favorable recepción.

    El Sr. Juez de grado desestimó el reclamo en base a lo dictaminado por el perito médico interviniente quien, después de practicar al accionante un examen clínico y teniendo en cuenta los estudios complementarios que le fueron practicados, concluyó que el accionante no presenta patologías incapacitantes.

    Sostiene el recurrente que no se acompaña al informe pericial practicado en autos una tabla de mediciones goniométricas que permitan ilustrar la limitación funcional de la columna vertebral que presenta el actor.

    Sin embargo, lo cierto es que el galeno informó que el accionante presenta una movilidad normal de los miembros como así también de las zonas afectadas. En consecuencia, dado que el galeno no detectó limitaciones funcionales, resultó innecesario efectuar una evaluación de las mismas (ver informe de fs. 108/111).

    Así también, el apelante argumenta que el Fecha de firma: 07/11/2016 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #24383183#166275692#20161107111940231 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX perito médico no volcó en el informe pericial realizado las conclusiones de la resonancia magnética nuclear practicada al actor. Resalta que de la misma surge que éste posee “los discos intervertebrales L3-L4; L4-L5 con leve abombamiento del anillo fibroso en sentido posterior, que contacta suavemente sobre la cara anterior del estuche dural” y “el disco intervertebral S1-S2 con leve abombamiento del anillo fibroso”. No obstante, lo cierto es que si bien el galeno no transcribió los resultados del estudio referido, expresamente informó que el examen físico...

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