Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 2 de Junio de 2021, expediente B 77163

PresidenteTorres-Kogan-Genoud-Soria
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2021
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.77.163 “G.O., GRISELA ALEJANDRA Y OTROS C/ PODER EJECUTIVO NACIONAL S/ AMPARO. CUESTION DE COMPETENCIA ENTRE LA CAMARA DE APELACION EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON ASIENTO EN SAN NICOLAS Y LA CAMARA DE APELACION Y GARANTIAS EN LO PENAL DE ZARATE-CAMPANA. ART. 7 LEY 12.008”

AUTOS Y VISTOS:

  1. En este juicio se suscitó un conflicto entre la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Nicolás y la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Zárate-Campana, pues ambas consideraron que era la otra quien debía resolver un recurso de apelación deducido en una acción de amparo.

    Los datos relevantes para decidir la contienda son los siguientes:

    I.1. Un grupo de padres de estudiantes de distintas escuelas del distrito de E. promovieron en el Juzgado Federal de Campana, con el objeto de que se ordene el regreso al dictado de clases con normalidad en las escuelas públicas y privadas del mencionado municipio, una acción de amparo ante la sanción del decreto de necesidad y urgencia 241/21, dictado por el Presidente la Nación, que dispuso la suspensión de las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

    Tras pedir que se cite como tercero interesado a la Provincia de Buenos Aires por su competencia indelegable en materia de educación y en razón de su autonomía, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad del citado decreto y la invalidez de los actos y normas dictados en su consecuencia, además de que se ordene a la Nación y a la Provincia de Buenos Aires a restaurar y mantener la presencialidad de la enseñanza en el ámbito de la Municipalidad de E..

    Hicieron extensivo el cuestionamiento a cualquier decisión que en el futuro prorrogue estas medidas o imponga otras que importen restringir el acceso a la educación de sus hijos e hijas (ver págs. 218/221, archivo PDF denominado "documentos 2", adjunto al trámite "Documentación acompaña", de 12-V-2021).

    I.2. El juez federal de Campana se declaró incompetente para resolver en el asunto, por entender que correspondía a la competencia del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Por lo tanto, remitió una copia digitalizada de los autos, mediante un correo electrónico, a la Receptoría General de Expedientes del Departamento Judicial de Zárate-Campana (ver fs. 40, archivo PDF citado).

    I.3. La causa fue asignada, mediante sorteo, al Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°1 del Departamento Judicial de Zárate-Campana.

    Estando allí radicadas las actuaciones, la parte actora, el 4 de mayo de 2021, amplió la demanda, haciendo extensiva la...

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