Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 28 de Septiembre de 2021, expediente CCF 004646/2020/CA001

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 28 de septiembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente N° CCF 4646/2020/CA1,

caratulado: “GARCIA MONTAÑA, N.D. c/ OSDE

s/AMPARO DE SALUD”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z..

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La doctora R.F.G., en su carácter de apoderada de N.D.G.M., promovió la presente acción de amparo contra la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) con el objeto de que autorizara y otorgara la cobertura del 100% de una BOMBA

    MICROINFUSORA DE INSULINA CON BOLO INTELIGENTE Y

    MEDICIÓN CONTINUA DE GLUCOSA EN TIEMPO REAL, CON

    ALARMA Y CORTE PREDICTIVO DE SUMINISTRO DE INSULINA

    ANTE HIPOGLUCEMIA MINIMED 670G, MARCA MEDTRONIC, con más todos los insumos que fueran necesarios para el adecuado uso y funcionamiento del sistema, con obligación de entrega trimestral, de acuerdo a las necesidades de la paciente y a la prescripción médica correspondiente.

    En tal sentido, relató que N.D.G.M., de 39

    años de edad, padece de Diabetes tipo 1, insulinodependiente con 33 años de evolución en su patología.

    Detalló las características de la citada enfermedad como así

    también los daños y las disfunciones que ella genera a largo plazo en los distintos órganos, y resaltó que varias de esas complicaciones disminuyen la calidad de vida y la capacidad funcional de quienes la padecen.

    Puso de relieve que, si la patología es tratada en forma integral mediante un adecuado plan alimentario, actividad física, automonitoreo de glucemia en sangre y medicación, los riesgos disminuyen notablemente y se asegura una adecuada calidad de vida para las personas con diabetes.

    Por tales razones, destacó la importancia que tiene para N.D.G.M. la posibilidad de “automonitorearse” varias veces al día, procedimiento que describió detalladamente, concluyendo así que el control glucémico constituye un pilar fundamental en el tratamiento de la diabetes.

    Fecha de firma: 28/09/2021

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    Continuó relatando los antecedentes de la amparista, los controles y tratamientos efectuados, y explicó que, pese a los ajustes de medicación, no le ha sido posible lograr un buen control. Agregó, que al momento de interponer la demanda, la actora estaba siendo insulinizada con 25 unidades diarias de Glargina asociada a la insulina aspártica pre comidas, con seguimiento multidisciplinarios y que se realizaba de 6 a 7 monitoreos capilares diarios, con episodios reiterados de hipoglucemia nocturna asintomática.

    Afirmó que, en función de las circunstancias apuntadas, teniendo en cuenta el delicado estado de salud de N.D.G.M., su edad y la expectativa de vida, su médica tratante le prescribió la utilización de una bomba de infusión continua...

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