Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 10 de Mayo de 2019, expediente CCF 001878/2019/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 1878/2019 GARCIA, M.S. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, de mayo de 2019. LC VISTO: el recurso de apelación articulado en subsidio por la actora, a fs. 27/32vta., contra la resolución de fs. 22; y CONSIDERANDO:

  1. Que en el pronunciamiento indicado, el magistrado interviniente, rechazó in limine, la acción de amparo articulada por la señora M.S.G., a fin de que se ordene a la Obra Social de la Unión Personal, mantener su afiliación en el Plan Classic 0002; arbitrar los medios necesarios para garantizar la continuidad de los tratamientos periódicos y revisiones médicas, sin limitaciones temporales ni presupuestarias; y que el valor a abonar por el plan del que es beneficiaria junto a su grupo familiar, sea el aprobado y correspondiente al año 2019, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud.

    Para así decidir, el a-quo, citó en su apoyo, el art. 1°, de la Ley N° 16.986, en cuanto establece en qué casos resulta admisible la acción de amparo; y el art. 3°, del mismo cuerpo legal, que habilita al juez a rechazar las actuaciones, sin requerir sustanciación, cuando la acción fuese manifiestamente improcedente.

    Además, recordó que en el escrito inicial, la actora dijo venir a promover acción de amparo contra la conducta asumida por Unión Personal y refirió al acto ilegítimo y arbitrario de su parte, que lesiona derechos constitucionales, en tanto la priva de su afiliación.

    Sin embargo, advirtió que no acredita cuál es ese acto u omisión de la emplazada, que en forma actual o inminente lesiona, restringe o amenaza con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta sus derechos. Teniendo en cuenta además, que surge de la carta documento que la obra social le envío Fecha de firma: 10/05/2019en respuesta a la suya -y que la propia actora adjunta como documental, a A. en sistema: 14/05/2019 Firmado por: RICARDO

  2. GUARINONI - EDUARDO DANIEL GOTTARDI, #33253222#233863294#20190508120537622 fs. 3- que con respecto a la solicitud de continuidad de la afiliación, en virtud de haberse acogido al beneficio jubilatorio, le hizo saber que para avanzar con dicho trámite, debía presentarse ante sus oficinas, en el domicilio, los días y en los horarios indicados.

    Para concluir, advirtió que dicha actitud, por lo demás, concuerda con la actual posición asumida por la obra social en numerosos casos y...

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