Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 9 de Diciembre de 2019, expediente CCF 010367/2019/CA001

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 10.367/2019/CA1 “G.M.D. c/ IPROSS s/ amparo de salud”.

Juzgado n° 1, Secretaría n° 2.

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2019.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la actora a fs.

40/44, -concedido en ambos efectos a fs. 45-, contra la resolución de fs. 39, y oído el Sr. Fiscal de Cámara a fs. 48/49; y CONSIDERANDO:

  1. La señora S.M.G. inició, en representación de su tía M.D.G., la presente acción de amparo -con medida cautelar- contra el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) a fin de que se le ordene “cubrir el 100% del costo d internación, porcentual por dependencia, medicamentos, pañales para adultos, y demás gastos e insumos que demanda la internación y tratamiento […] en la Residencia Geriátrica “Los Aromos” (cfr. fs. 25/35).

    A fs. 39 la señora Juez de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal titular del Juzgado N° 1 se declaró incompetente, ordenando su remisión a la Justicia Federal de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, con fundamento en el domicilio del actor y del de cumplimiento de la obligación.

    Contra dicha resolución, la parte actora interpuso recurso de apelación en subsidio y alega -básicamente- que resulta competente el juez en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal, atento que el domicilio de la demandada y en donde se exteriorizó la negativa de cobertura es en esta ciudad (cfr. fs. 40/44).

  2. Cabe señalar que, de acuerdo a las particularidades del sublite, le asiste razón a la apelante, en cuanto a que debe ser competente para entender en las presentes actuaciones la juez federal en lo civil y comercial titular del juzgado n° 1.

    Ello así, puesto que a fin de resolver cuestiones como la presente, se ha de tener en cuenta, en primer lugar, la exposición de los Fecha de firma: 09/12/2019 Alta en sistema: 10/12/2019 Firmado por: RECONDO - MEDINA, #34211528#251021355#20191210121645831 hechos que la actora efectúa en la demanda (art. 4° del Código...

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