Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 14 de Septiembre de 2022, expediente CIV 060050/2020/CA001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

60050/2020

GARCIA, J.L.c.M., R.M. Y

OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O

MUERTE)

Buenos Aires, de septiembre de 2022.- DG

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

Estos autos fueron elevados al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto subsidiariamente por los fundamentos expuestos a fs. 191/193 contra el pronunciamiento de fs.

181.

La decisión recurrida hizo efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 176 pto. 5 y, en consecuencia, frente a la incomparecencia injustificada del actor, lo intimó para que en el plazo de 2 días corridos abone en concepto de multa la suma de $150.000 a la biblioteca de la Corte Suprema de la Nación.

Conforme el art. 37 del Código Procesal Civil y Comercial los jueces podrán imponer sanciones pecuniarias tendientes a que las partes cumplan sus mandatos En este sentido, la aplicación de sanciones, o multas, es una cuestión exclusivamente facultativa para el órgano jurisdiccional,

pues estará dada por la apreciación que en la oportunidad procesal correspondiente, los jueces hagan de la actuación de las partes (CNCiv. Sala "G", R. 24.259 del 9-9-86; R. 30.380 del 29-5-87).

Si cuando desde el propio código no se define la conducta que finalmente se reprocha y desde la doctrina y la jurisprudencia no existe uniformidad en lo conceptual, el riesgo de sancionar conductas ausentes de razonables bases de derecho, violenta al propio principio dispositivo, esencial en el proceso civil actual (CNCivil, esta Sala, en autos “S.E.W.c. y Di Furia Fecha de firma: 14/09/2022

Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

S.P.s.ón hipotecaria, expte. N° 51.814/03 del 11/03/2015; id.

id. “Arciello, D.N.c., R.G. s/daños y perjuicios, expte. N° 33702/2017, del 13/2/19).

La parte actora no compareció personalmente a la audiencia celebrada el día 8 de julio del corriente año por cuanto conforme fuera acreditado...

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