Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Abril de 2022, expediente CCF 004620/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 4620/2021 “G.E.A. c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/amparo de salud”. Juzgado n° 9.

Secretaría n° 17.

Buenos Aires, 20 de abril de 2022.

VISTO: Los recursos de apelación interpuestos por la demandada, concedidos en relación y con efecto devolutivo contra las resoluciones del 27 de agosto de 2021 y el 7 de febrero de 2022, que mereciera la réplica de la contraria el 10 de septiembre de 2021 y el 2 de marzo de 2022, y CONSIDERANDO:

  1. El 27 de agosto de 2021 la señora jueza de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar peticionada en el escrito de inicio y ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) que le otorgara al señor E.A.G. la cobertura integral de una prótesis para remplazo total de cadera izquierda modular no cementada “metal polietileno de alto encruzamiento para cabezas femorales 28-32-36 MM 2012

    421 V drape-iodoban”, según prescripción médica realizada por el especialista en ortopedia y traumatología que la asiste, doctor J.N..

    Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación la demandada. En su memorial de agravios sostuvo que la medida cautelar dictada implica un adelanto de la sentencia definitiva en tanto coincide con el objeto perseguido en la demanda. Enfatizó la ausencia de verosimilitud en el derecho pues considera que no se tuvo en cuenta la normativa vigente ni las normas internas del Instituto para la provisión de prótesis,

  2. Posteriormente, ante la denuncia de incumplimiento formulada, la a-quo intimó a la demandada a fin de que en el plazo de tres días diera cumplimiento a la medida cautelar dispuesta bajo apercibimiento de aplicar astreintes (ver escritos del 4 y 11 de noviembre e intimación del 13

    de diciembre de 2021).

    Fecha de firma: 20/04/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Así las cosas, el 20 de diciembre de 2021 la demandada reiteró

    que el insumo se encontraba disponible y que el médico del actor debía contactarse con Biovand Group SRL para su entrega al momento de efectuar la cirugía.

    El 27 de diciembre de 2021 el peticionario informó que desde el sector de venta de la adjudicataria (Biovand Group SRL) se informó que “la orden de compra del paciente E.G. fue anulada toda vez que al ser presentado el implante al doctor J.N. fue rechazada por no reunir las características solicitadas por el profesional, quien indicó que el paciente tiene operada la cadera derecha y posee una prótesis de origen importada de otras características” (ver documental agregada digitalmente a la causa). En atención a lo allí expuesto, requirió que se hiciera efectivo el apercibimiento y se fijaran astreintes.

    El 7 de diciembre de 2021 se decretó el embargo hasta cubrir la suma de $465.000 -en concepto de costo de prestación medica ordenada cautelarmente- con más el 60% de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR