Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 5 de Septiembre de 2018, expediente CIV 012643/2018/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expte n° 12643/2018 – “G.D.A. y otros s/Burgos Roda, Piedades s/Ejecución s/Ejecución Hipotecaria” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 80 Buenos Aires, Agosto 5 de 2018.-

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso de apelación interpuesto a fs. 45 por la actora contra la resolución de fs. 44, concedido a fs. 46. Presenta memorial a fs. 48/49, que sustanciado a fs. 50, no fue contestado.-

El decisorio apelado desestima la excepción planteada; manda llevar adelante la ejecución hasta que P.B.R. haga íntegro pago del capital adeudado con más los intereses del 8 % anual y costas del juicio.-

La actora apela la tasa de interés fijada en la sentencia y solicita que se aplique la tasa establecida en el mutuo hipotecario suscripto por las partes.-

En la especie, la actora promueve la ejecución hipotecaria contra P.B.R. por la suma de dólares noventa mil (U$S 90.000) con más intereses y costas del pleito. Funda su planteo en el mutuo con garantía hipotecaria obrante a fs. 1/8, plasmado mediante la Escritura N° 4, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 8 de Enero de 2016, en el que actores presentados a fs. 11 dieron en préstamo a la ahora ejecutada la suma de dólares noventa mil (U$S 90.000), en las proporciones detalladas a fs. 2 renglones 4 a 12. La deudora gravó con derecho real de hipoteca en primer grado a favor de los acreedores el inmueble sito en la calle H. 6680, con frente también a la calle T., nomenclatura catastral: Circ: 1, Sección: 72:

Manzana:102; Parcela: 4; Partida 0015426. Las partes convinieron que la deudora se obligaba a devolver la suma prestada el 8 de julio de 2017 y el interés pactado en 18 cuotas mensuales y consecutivas de dólares mil trescientos cincuenta (U$S 1350) cada una de ellas, con vencimiento la primera el 8 de Febrero de 2016 y así sucesivamente, los días 8 de cada Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 07/09/2018 Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DEL ROSARIO MATTERA MARTA Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA #31437985#215085166#20180904133837311 mes subsiguiente, conforme pactaron en la cláusula Segunda. En la cláusula quinta obrante a fs. 3 vta., convinieron que en caso de mora o caducidad de los plazos convenidos, un interés punitorio del 2 % mensual sobre el monto total de la obligación hipotecaria más una multa de diez dólares billetes (U$S 10) por cada...

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