Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 26 de Junio de 2020, expediente CNT 003582/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Junio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

CAUSA Nº 3582/2016

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 55294

CAUSA Nro. 3.582/2016 SALA VII - JUZGADO Nº 12

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de junio de 2020,

para dictar sentencia en estos autos: “G.A.J.M.

C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL ”. se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR N.M.R.B. DIJO:

I.- La sentencia de primera instancia que receptó en lo sustancial el reclamo de la actora con fundamento en la normativa de riesgos del trabajo,

llega apelada por la demandada a fs. 151/157, recurso que recibió réplica de la contraria a fs.159/161.

II.- La parte demandada se queja en primer lugar porque sostiene que se ha efectuada una inadecuada valoración de la pericia médica y que se ha condenado a su parte por patologías no reclamadas en la demandada,

afectando gravemente el principio de congruencia.

Adelanto que, en mi opinión, el recurso no puede prosperar.

En efecto, el recurrente pretende que sólo se considere a los efectos de la indemnización el porcentaje de incapacidad correspondiente a la cervicalgia que presenta el actor pero los argumentos que expone resultan insuficientes a tal fin pues considero que en la demanda se realizó una expresión clara de las lesiones padecidas por el actor al sufrir un grave accidente de tránsito con su moto. En dicha oportunidad se efectuó un detallado relato del accidente sufrido y que, como consecuencia de ello el trabajador sufrió rotura de los discos L1-L2

de su columna lumbar lo que comprometió nervios, politraumatismos varios,

agravamiento de hernia de disco, fisura de costillas, traumatismo de cráneo con perdida de conocimiento, cervicalgia.

De ahí que, resulta carente de fundamento los argumentos vertidos por el recurrente respecto de que se habría condenado por patologías no reclamadas advirtiendo además que se ha permitido el debido ejerció del derecho de defensa de la demandada pues al contestar la demanda la accionada se refirió en forma específica a los daños reclamados en el inicio.

En las condiciones expuestas, considero que cabe desestimar el recurso intentado al respecto.

III. A continuación agravia a la demanda que se haya determinado el porcentaje de incapacidad sin tener en cuenta el Baremo de Ley 24.557 pero,

en este aspecto, más allá de señalar que el experto no fue claro al identificar en Fecha de firma: 26/06/2020 qué Baremo basó cada una de las dolencias presentes en el actor, lo cierto es Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.H.K., SECRETARIO

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

CAUSA Nº 3582/2016

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII

que tampoco surge claro cuál es el resultado que en definitiva pretende el recurrente obtener de ser admitido su agravio.

Cabe recordar que el recurso de apelación debe bastarse a sí mismo y determinar la medida del interés en caso de ser admitido el agravio y, en este aspecto, no encuentro que la presentación en análisis cumpla con lo dispuesto en el art. 116 LO. La parte...

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