Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 6 de Septiembre de 2016, expediente FLP 042035672/2003/CA001

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Año del B. de la Declaración de Independencia Nacional Plata, 6 de septiembre de 2016.

Y VISTOS: Este expte. N° 42035672/2003, S.I., “GANDOLFO, R.R. c/Poder Ejecutivo Nacional y otros s/amparo ley 16.986”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 4 de esta ciudad, Secretaría N°11; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

  1. Mediante sentencia dictada a fs. 93/94 y vta. el a quo hizo lugar al reclamo por diferencia de pesificación respecto del rescate en pesos de la póliza de Seguro Individual de Retiro N° 527551, con los alcances de fallo “A.” de la C.S.J.N. Impuso las costas por su orden.

  2. Firme la decisión, la demandada Nación Seguros de Retiro S.A. practicó liquidación arribando a la suma de U$S 4.946,30. Advirtió que a la brevedad acreditará el depósito de dicha suma (v. fs. 100/101, 08/04/2013).

    El a quo ordenó el traslado de la liquidación a la contraria, librándose a tal efecto la cédula que, con fecha 19/06/2013, fue devuelta sin diligenciar por el Oficial Notificador por no tener completo el domicilio del actor (fs. 102, fs. 104 vta y 109 y vta.).

  3. El demandado con fecha 31/05/2013 acreditó

    el depósito de la suma liquidada en su equivalente en pesos por la suma de $25.430,03, consintiendo su extracción (fs. 102/103). El juzgador dispuso hacer saber a la parte interesada (fs. 104, 13/06/2013).

  4. A fs. 110 (21/05/2014) se ordenó la paralización de las actuaciones.

    A pedido de la actora fueron puestos los autos nuevamente en letra (fs. 111 y 112).

  5. El actor se notificó de la liquidación practicada por la demandada la que consintió en cuanto Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #24128442#138509452#20160906100533859 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Año del B. de la Declaración de Independencia Nacional al monto de U$S 4.946,30, aunque impugnó la suma en pesos depositada. Realizó la conversión de dicho monto a la cotización del dólar del 8/10/2014, el que asciende a la suma de $41.746,77. Solicitó se libre giro a su favor por la suma depositada en autos en concepto de “(…)a cuenta de capital, reservando el derecho a reclamar las diferencias que surjan de la impugnación efectuada…”

    (fs. 113).

  6. Sustanciada la impugnación con la demandada, ésta se opuso al recálculo efectuado por el actor.

    Argumentó que quedó notificado ministerio legis de la providencia de fs...

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