Ganancias: cómo queda el impuesto desde este mes y qué cambios se necesitan para corregir sus distorsiones

La definición de un piso de ingresos para tributar que responda a algún criterio y la actualización periódica de todas las variables del esquema son cuestiones centrales a la hora de analizar los cambios que necesita Ganancias

A partir de este mes están alcanzados por el impuesto a las ganancias los empleados que tienen una remuneración bruta superior a los $506.230, cifra que representa, tras el descuento de los aportes a la seguridad social, un sueldo neto de $420.171. Más precisamente, desde los ingresos correspondientes a mayo y hasta nuevo aviso, no se tributará si el salario bruto de cada mes en cuestión, o bien el promedio de los salarios del período que haya transcurrido a partir de enero se ubica por debajo de la cifra mencionada.

El nuevo piso para pagar Ganancias supera en poco más de un 25% al que rigió hasta abril, mientras que la inflación del primer cuatrimestre del año llegó a 32%. A su vez, el menor sueldo sujeto al impuesto vigente en los cuatro primeros meses de 2023, de $404.062, es un 78,8% más alto que el que rigió a inicios de 2022, al tiempo que el índice de precios avanzó en el año un 94,8%. Es decir, hubo una diferencia de 16 puntos porcentuales entre la suba anual de precios y el reajuste de la base para tributar.

Que el sueldo más bajo alcanzado por Ganancias suba menos que el precio de los bienes y servicios provoca la distorsión de un principio básico, al menos teórico, de la carga fiscal. Los ingresos deberían quedar sujetos al gravamen, señalan los conocedores de la materia tributaria, solo si superan un determinado umbral, definido previamente en función de algún parámetro concreto. Y tanto ese umbral como todas las variables que intervienen en el cálculo del impuesto deberían actualizarse, de tal forma que se evite que se tribute más -como porcentaje efectivo del salario-, cuando en realidad queda igual o disminuye, por la inflación, el poder adquisitivo de los ingresos.

El efecto distorsivo que actualmente se da, impacta con mayor fuerza en quienes quedan al margen de todo alivio cada vez que, por fuera del mecanismo de reajuste anual de los valores del esquema (que se aplica en cada enero), se establece una actualización parcial, porque no se modifican los valores de las deducciones y de los ingresos libres del impuesto para un grupo -en el caso de este mes, el de quienes tienen una remuneración mayor a $583.851-, ni los valores de la tabla que determina, en función de rangos de ingresos, qué alícuota se aplica en cada caso.

"Las deducciones que definen quiénes y con qué alícuotas pagan deberían establecerse en valores razonables por medio de un ejercicio de base cero" - Andrés Edelstein (Edelstein, Mariscal, Torassa & Asociados)

La suba del piso para tributar desde este mes tiende a evitar que los ingresos de cada vez más personas queden gravados, por haber subido nominalmente frente a una inflación que avanza a un ritmo creciente y que en abril alcanzó un índice interanual de 108,8%.

Más allá de la definición del piso salarial para pagar Ganancias, existe la posibilidad de restar del ingreso imponible montos por diferentes gastos hechos. Pero en muchos casos, dados los límites fijados por la normativa, no se refleja un efecto significativo, que lleve a que realmente se calcule el tributo en forma acorde a la capacidad contributiva. Por ejemplo, la deducción por gastos dedicados a la educación de los hijos, que tiene vigencia desde 2022, contempla un tope que por 2023 es de $180.673,28 (con lo cual, el mayor efecto en cuanto a una baja del impuesto es de $63.235,65 en el año).

Frente al agravamiento de los daños por la inflación, surgieron en los últimos tiempos medidas...

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