Ganancias: se posterga el vencimiento impositivo para las empresas

Ya sobre las fechas de vencimientos de obligaciones impositivas de las empresas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió tomar algunas medidas de postergación de presentaciones de declaraciones juradas y pagos y de flexibilización para acceder a planes de cuotas.Hoy se publicó en el Boletín Oficial la resolución general 4714 del organismo de recaudación de impuestos, que dispone postergar, por el término de dos semanas, la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a las ganancias para las empresas que cerraron su ejercicio anual en diciembre pasado. Esas obligaciones iban a comenzar a vencer hoy y, en cambio, ahora vencerán en las siguientes fechas, dependiendo de la terminación del número de CUIT: 0, 1, 2, 3 y 4, el 26 de mayo; 5, 6, 7, 8 y 9, el 27 de mayo.Por otra parte, la resolución firmada por la jefa de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, indica que las obligaciones de presentación de la declaración jurada del IVA correspondiente al mes de abril pasado vencerán en las siguientes fechas, también según el número de terminación del CUIT del contribuyente: 0, 1, 2 y 3, el 20 de mayo; 4, 5 y 6, el 21 de mayo; 7, 8 y 9, el viernes 22 de mayo.Otra de las medidas que se disponen es una ampliación del número de planes de facilidades de pago que pueden presentar simultáneamente las empresas grandes; hoy el máximo es de tres y pasará a ser de seis. Las pequeñas empresas continuarían con la habilitación para presentar y mantener vigentes hasta diez planes de pago a un mismo tiempo.En tanto, las medidas de la AFIP también incluyen que las empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre del año pasado podrán presentar sus memorias, estados contables e informes del auditor hasta el 30 de junio próximo.Tres cuotas para todosEl organismo de recaudación impositiva resolvió además suprimir la aplicación del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) para...

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