Ganancias: anticipan posibles desigualdades

Las medidas que anunció el Gobierno a mediados de 2010 para aliviar la carga del impuesto a las ganancias sobre los salarios quedaron en una situación de precariedad tal que, según advierten los contadores, deja como consecuencia situaciones de desigualdad entre contribuyentes, dependiendo de su situación laboral.La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió, tal como lo había informado La Nacion el sábado pasado, dictar una circular aclaratoria sobre cómo los empleadores deben hacer la liquidación del impuesto por pagar por los asalariados, por el ejercicio fiscal de 2010.De la norma, firmada por el director del organismo, Ricardo Echegaray, se desprende que el cálculo de cuánto debe tributarse se hará teniendo en cuenta el esquema vigente en 2008 y 2009, es decir, sin considerar el aumento del 20% anunciado para la ganancia mínima imponible y las deducciones (que fue la medida que derivó en una suba del mínimo salario alcanzado por el impuesto y en un alivio para todos los contribuyentes).Esto se decidió, según explican en el organismo, porque el Congreso no aprobó la ley con los cambios anunciados, que fueron incluidos sólo en una resolución de la AFIP. Así, se entiende que esta última medida sirve para determinar qué retenciones deben aplicarse mensualmente a los salarios como anticipo del impuesto. Pero no para la determinación anual de la cuantía de la carga fiscal.Justamente, como entre julio y diciembre las empresas ya realizaron retenciones según los cambios anunciados por el Gobierno, lo más probable es que, al calcularse ahora el tributo anual con una tabla menos favorable para el trabajador, resulte una diferencia a favor del fisco. Por eso, el organismo ya había establecido, mediante una resolución dictada en los primeros días del año, que el pago de esos saldos se postergara para febrero de 2012. Mientras tanto, se espera, en rigor, que el Congreso apruebe la ley correspondiente.Situación disparLa circular publicada ayer en el Boletín Oficial dispone que mientras los asalariados que siguen trabajando verán diferida esa obligación de pagar lo que eventualmente le deban al fisco (una deuda que, en rigor, podría borrarse si se corrigiera la cuestión legislativa), los que hayan dejado o dejen de trabajar deberán pagar directamente en la AFIP la diferencia que surja entre el impuesto anual y lo que se le haya...

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