Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 11 de Abril de 2023, expediente CNT 055878/2016/CA002
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2023 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA II
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE NRO.: 55878/2016
AUTOS: G.D.M. C/ SIMICRO S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente el Tribunal procede a expedirse de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
El 28/2/23 (con su respectiva resolución aclaratoria de fecha 1/3/23) se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la cantidad de 70 UMA, por los trabajos realizados en la etapa de ejecución.
La citada representación apela los estipendios regulados a su favor, por considerarlos exiguos.
La codemandada Simicro S.A. cuestiona los emolumentos regulados, por estimarlos elevados.
Atento a la calidad, mérito y extensión de los trabajos desarrollados por la representación letrada de la parte actora y el monto involucrado, de conformidad con los arts. 16, 21, 41 y cctes. de la ley 27423, los emolumentos cuestionados se exhiben reducidos, por lo que corresponde elevados a la cantidad de 100
UMA (que al día de la fecha representan $1.493.300.-, conforme a la Acordada CSJN nro.
9/23).
Por lo que el Tribunal
RESUELVE:
Elevar los honorarios de la representación letrada de la parte actora a la cantidad de 100 UMA (que al día de la fecha representan $1.493.300.-, conforme a la Acordada CJSN nro. 9/23), por los trabajos realizados en la etapa de ejecución.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
J.A.S.A.E.G.V.J. de Cámara Jueza de Cámara M.F.G.
Fecha de firma: 11/04/2023
Alta en sistema: 12/04/2023
Firmado por: A.E.G.V., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: J.A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA
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