Sentencia de Sala II, 17 de Septiembre de 2010, expediente 29.342

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación 2010 - Año del B.S.I. – Causa n° 29.342 “Gamberg,

  1. s/ falta de mérito”.

    J.. Fed. n° 5 – S.. n° 9.

    E.. n° 17.196/2008/1.

    R.. n° 31.922

    Buenos Aires, 17 de septiembre de 2010.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

    I- El Sr. Fiscal, Dr. C.E.S., interpuso recurso de USO OFICIAL

    apelación contra el auto que en copias luce a fs. 1/5, que dispuso la falta de mérito para procesar ni sobreseer a F.E.G. en orden a los hechos por los que fue indagada.

    II- Los argumentos expuestos por el impugnante no permiten tener por satisfechas las exigencias probatorias que impone el artículo 306 del código procesal.

    Más de una razón apoya esa conclusión.

    Primero, debe decirse que no se ha establecido aún la responsabilidad individual de la imputada en la maniobra que se denunció.

    Contrariamente a lo postulado en la apelación, no basta para asumir lo anterior con verificar que, como contadora de la “Compañía Mexicana de Aviación S.A. de C.V.”,

  2. fue apoderada por la sociedad para representarla en ciertos trámites ante la Administración Federal de Ingresos Públicos -aspecto que a lo sumo pudo conducir a legitimarla pasivamente en la causa-. Es necesaria una demostración adicional que revele su conocimiento en torno a que la información volcada en el documento cuestionado era falsa y que respondía a una maniobra tendiente a simular operaciones comerciales inexistentes.

    Sobre este punto, merece hacerse notar que no se ha enfocado la instrucción en torno a las finalidades que pudieron haber guiado la comisión de los hechos, averiguando, por ejemplo, cuál fue el destino del dinero extraído de las arcas de la sociedad (salida que habría buscado justificarse confeccionando facturas ideológicamente falsas); o con qué frecuencia se efectuaron actos de esta naturaleza con “Infiniti Group S.A.” y en qué contextos.

    Ese curso de acción (propiciado mediante el requerimiento fiscal de fs. 138/9 del ppal.) podría contribuir al esclarecimiento de los sucesos y del nivel de participación de la encausada, en caso que se determine que intervino directamente en acontecimientos similares.

    En segundo lugar, la lectura del sumario revela...

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