Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 8 de Noviembre de 2019, expediente CIV 065538/2013/CA002 - CA003

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 65538/2013 G.R.A. c/ URUEÑA JOSE EUSTAQUIO Y OTROS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES.

O MUERTE)

Buenos Aires, de noviembre de 2019.- OJ AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibidos.

  2. En atención al monto por el que prosperó la ejecución de honorarios de consultor técnico Á.R. De Barrio (v. fs.488, 489, 542, 546, 548, 556 y giro retirado a fs. 558); conforme lo normado por los arts. 16, 19, 51 y conc. de la ley 27.423, considerando la calidad y mérito de la labor profesional desarrollada, se confirman los honorarios regulados a fs. 565 al letrado patrocinante del citado profesional Dr. D.E.L. en un (1) UMA, que corresponde a la suma de pesos dos mil seiscientos treinta y ocho ($2.638) (cf. Ac. 28/19 CSJN).

  3. Regístrese y, una vez cumplido con lo dispuesto en la Acordada N° 24/13 de la C.S.J.N., devuélvase. Se encomienda la notificación de la presente a la instancia de grado.

C.A.B.G.M.P.O.C.A.C.C.F. de firma: 08/11/2019 Alta en sistema: 11/11/2019 Firmado por: CARLOS A. BELLUCC I- GASTÓN M. POLO OLIVERA- CARLOS A. CARRANZA CASARES #13015048#248982032#20191106090110785

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