Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 26 de Octubre de 2020, expediente CIV 028059/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

Expte.N°28059/2016 “G.D.G.c.A.C. s/daños y perjuicios” – juzgado 75 –

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los 26 días del mes de octubre de 2020, reunidos en acuerdo los S.. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F”, para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión,

a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. POSSE SAGUIER.

ZANNON

  1. GALMARINI.

    A la cuestión propuesta el Dr.Posse S. dijo:

  2. La sentencia de grado admitió la demanda y, en consecuencia, condenó a C.A.A. y a Orbis Compañía Argentinas de Seguros S.A. al pago de la suma de $

    160.000, con más intereses y costas.

    Apeló el actor y expresó agravios a fs.181/187. Los emplazados hicieron lo propio con la presentación de fs.191/192.

    Ninguna de las partes contestó los respectivos traslados.

  3. El accidente de tránsito que aquí se debate ocurrió el 17 de septiembre de 2015, en circunstancias en que el actor circulaba por la autopista Panamericana al mando de su vehículo marca Renault, modelo Megane II, y al detenerse por contingencias del tránsito, fue embestido en su parte trasera por el frente de rodado marca Volkswagen, modelo S. conducido por el accionado A..

    La responsabilidad no se encuentra cuestionada,

    refiriéndose los agravios a las partidas indemnizatorias y a los intereses.

    Fecha de firma: 26/10/2020

    Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA

    1. La sentencia admitió por daños materiales en el vehículo la cantidad de $ 140.000. El actor solicita su incremento.

      El presupuesto acompañado a fs.7 por el actor ($

      140.076,97), se encuentra corroborado en cuanto a su autenticidad con la contestación de fs.87.

      Por otra parte, cabe ponderar que el perito ingeniero designado de oficio presentó su dictamen a fs.97/103. Allí detalló los daños materiales que presentó la unidad a raíz del accidente y que consistieron en: tapa de baúl, faro trasero derecho, paragolpes delantero, molduras, kit de plásticos y grilla, paragolpes trasero, bafle de salida de aire, guardabarros delantero, óptica delantera, pasarueda delantera y trasera. A su vez, los cotizó en la suma de $ 139.410, que abarca también chapa, pintura y...

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