Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Julio de 2005, expediente L 80959

Presidentede Lázzari-Kogan-Roncoroni-Genoud-Hitters
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 6 de julio de 2005, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde Lázzari,K.,R., G.,Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 80.959, "G., P. contra Empresa del Oeste S.A.T. Enfermedad accidente".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo Nº 3 de M. rechazó la demanda interpuesta; con costas a la parte actora.Esta dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:

  1. El Tribunal del trabajo rechazó la demanda que con sustento en la ley especial, y en procura del resarcimiento de la incapacidad que alega padecer, promovió P.G. contra la Empresa del Oeste S.A.T..

  2. Contra dicho pronunciamiento la parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley donde denuncia violación de los arts. 44 inc. "d" de la ley 11.653; 375 del Código Procesal Civil y Comercial; 1, 5 y 8 inc. "d" de la ley 9688 y de doctrina que cita. Sostiene en lo esencial que en el fallo de grado se incurrió en absurda apreciación de la pericia médica, dando preeminencia a la segunda por sobre la primera, que claramente estableció la existencia de nexo concausal entre las tareas y la minusvalía. Sostiene que se impuso al actor la carga de probar un hecho que fue alegado por la accionada, tal como que los vehículos que el actor conducía no eran unidades viejas y que debía transitar por calles en mal estado. Asimismo argumenta que, probado el nexo concausal entre las tareas y la minusvalía que lo afecta, se debe acoger la demanda con relación a la incapacidad que presenta el actor para desarrollar su profesión habitual, respecto de la cual ambas pericias realizadas en autos establecieron que el trabajador G. se encuentra incapacitado en un 100%.

  3. El recurso no puede prosperar.

    1. En el pronunciamiento de grado, se concluyó que debido a la orfandad probatoria de parte del accionante respecto del estado de las unidades que debía conducir, así como del mal estado de las calles por las que debía transitar, no resultó...

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