Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Octubre de 2008, expediente Ac 104741

PresidenteNegri-Kogan-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 104.741 "'G. de C., Rosa y otros. Sucesiónab intestato' y su acum. 1 'C., E.J. y otro/a. Sucesiónab intestato'. Incidente de comp. e/Juzg. C.. y Com. nº 1 de Lomas de Z. y J.. C.. y Com. nº 9 de La Plata".

//Plata, 1 de Octubre de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. Las señoras C.M.C. y V., R.H.C. y Milano y Z.J.C. y S. solicitaron, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 1 de Lomas de Z., la apertura de la sucesiónab intestatode su bisabuela y abuela, respectivamente, R.G., fallecida el 29 de enero de 1957. Relataron que la misma era viuda de C.C., cuyo sucesorio tramitó en La Plata. Asimismo, denunciaron el porcentaje que correspondía a lade cujusen un único bien relicto (fs. 5 y vta., 32 y vta., exp. 79.933).

    Luego, las mencionadas C.M.C. y V. y R.H.C. y Milano iniciaron, ante el órgano citado -en el que solicitaron radicación en virtud de la existencia de la sucesión de Rosa Gallo y por tratarse del mismo bien componente del acervo hereditario- la sucesiónab intestatode sus abuelos y padres, V.J.C. y M.M. -cuyos decesos se produjeron el 9 de diciembre de 1977 y el 13 de julio de 1981, respectivamente- denunciando el porcentaje de aquél que pertenecía al primero (fs. 36/37, 58 y vta., íd.).

    Más tarde, C.M.C. y V. y M.V. instaron, ante el mismo juzgado -en el que pidieron radicación por iguales circunstancias a las anteriormente apuntadas- el inicio de la sucesiónab intestatode su padre y esposo, C.A.C., cuyo óbito se produjo el 8 de abril de 2005, pidiendo la acumulación a los autos de R.G. (fs. 62 y vta., 79 y vta., íd.).

    El juzgado interviniente dispuso la acumulación de los distintos procesos sucesorios al de Rosa Gallo -primeramente iniciado- y su apertura (fs. 80, íd.).

    Posteriormente, el Registro de Juicios Universales informó la existencia de otro proceso sucesorio anterior, el de la señora M.M. (fs. 102 y vta., íd.).

    Ante ello, el órgano que entendía en estas actuaciones decretó su acumulación a los autos "Milano, V. y otros s/ Sucesiónab intestato" -que tuvo a la vista- y las remitió a su par n° 9 de La Plata en el que tramitaban (fs. 112 y vta., íd.).

  2. Por otra parte, las señoras Z.J. y M.B.C. y S. demandaron, ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 1 de Lomas de Zamora -en el que solicitaron radicación en virtud de la existencia del proceso sucesorio de Rosa Gallo-, la apertura de la sucesiónab intestatode E.J.C. y de R.S., fallecidos el 24 de enero de 1969 y el 27 de marzo de 2001, respectivamente (fs. 7/8...

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