Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 5 de Diciembre de 2016, expediente CSS 034082/2008

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº34082/2008 Sentencia Interlocutoria AUTOS: G.A. c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL Aclaratoria de Sentencia Inter. de fecha 11-03-16 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, VISTO Y COSNDIERANDO:

Se advierte que en la sentencia obrante a fs. 430 este Tribunal omitió pronunciarse respecto al recurso de apelación incoado (fs.366/374 ) por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) en el cual se agravia de la liquidación confeccionada por la parte actora y lo dispuesto en materia de costas.

Con relación a la liquidación, el organismo no rebate los argumentos esenciales vertidos por la sentenciante para rechazar los cuestionamientos efectuados. Por el contrario, se limita a reproducir las impugnaciones formuladas en primera instancia sin aportar ningún nuevo elemento de juicio que permita advertir error alguno en su confección, ni ha acompañado documental o prueba técnica tendiente a corroborar lo manifestado . En este sentido, huelga indicar que la simple discrepancia, sin fundamentos de real gravitación, carece de eficacia para restar fuerza convictiva a las operaciones practicadas por la parte ejecutante, de acuerdo a la facultad que le confiere el art. 503 del código de rito.

En cuanto a las costas cabe tener presente que el Superior Tribunal dejó sin efecto el criterio adoptado en los autos ARISA ANGEL UMBERTO C/ANSES al establecer que el art. 21 de la ley...

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